La Justicia de la UE arremete contra el Poder Judicial polaco
La elección de vocales por el Parlamento le resta independencia
El Abogado General Evgeni Tanchev, recomienda al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en sus conclusiones de 6 de mayo de 2021, que debe declarar que la legislación polaca sobre el régimen disciplinario de los jueces es contraria al Derecho de la UE porque las disposiciones controvertidas no garantizan la independencia e imparcialidad de la Sala Disciplinaria del TS y, por tanto, son contrarias al Tratado de la UE.
Razona que “toda falta de apariencia de independencia o de imparcialidad del tribunal perjudica la confianza que la justicia en una sociedad democrática inspira a los sujetos de derecho no debe permitirse”. Y estima que la falta de independencia de la Sala Disciplinaria contribuye a las dudas legítimas sobre la independencia del presidente de esta Sala.
Esta recomendación es fruto de un recurso de la Comisión Europea en el que alega que el nuevo régimen disciplinario polaco no garantiza la independencia e imparcialidad de la Sala Disciplinaria, compuesta exclusivamente por jueces seleccionados por Consejo Nacional de la Magistratura (KRS), cuyos quince jueces son elegidos por la cámara baja del Parlamento polaco.
Tanchev rechaza las alegaciones del Gobierno polaco sobre la competencia de la Justicia comunitaria en este asunto y determina que el hecho de que los expedientes disciplinarios tramitados sobre la base de los actos impugnados no impliquen la aplicación del Derecho de la UE es irrelevante, como lo es el hecho de que la UE no tenga competencia general en responsabilidad disciplinaria de los jueces.
La acción disciplinaria debe iniciarse contra un juez por las formas más graves de mala conducta profesional, y no por el contenido de las decisiones judiciales que implican la apreciación de los hechos, la valoración de las pruebas y la interpretación del derecho, dice Tanchev.
Estima que el régimen disciplinario de los jueces es contrario al Derecho de la UE