Los asesores ya están obligados a denunciar a sus clientes
La Aedaf recurre la normativa ante el Tribunal Supremo
Ayer entró en vigor la nueva normativa que obliga a los asesores fiscales a denunciar a sus propios clientes que quieran sacar dinero fuera de España.
Esta normativa, tal y como adelantó elEconomista, regula un intercambio “automático y obligatorio” de información en el ámbito de la fiscalidad en relación con los mecanismos transfronterizos sujetos a comunicación de información. Los obligados a suministrar la información serán los asesores, abogados o gestores administrativos, entre otros. Esto será así en el caso de que hayan diseñado, comercializado, organizado o puesto a disposición o gestionado un mecanismo transfronterizo sujeto a la obligación de comunicación. También, en el caso de que presten ayuda, asistencia o asesoramiento directamente o a través de otras personas en el diseño, comercialización o gestión de este tipo de instrumentos.
La Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf ) ha recurrido esta semana ante el Tribunal Supremo el Real Decreto que desarrolla la Ley 10/2020, que transpone la Directiva DAC6, y ante la Audiencia Nacional, la Orden Ministerial que crea los formularios informativos 234, 235 y 236, por su carácter retroactivo, así como al escaso margen de actuación, y las diversas deficiencias técnicas, de la normativa.
Aedaf solicitaba en sus recursos la adopción de medidas cautelarísimas para intentar evitar que la obligación informativa tuviera que cumplirse en el perentorio plazo otorgado, que acabó el jueves, cosa que no ha ocurrido.
El Gobierno transpuso la normativa europea fuera de plazo, mediante una ley de finales del año pasado, ley que presentaba muchos defectos técnicos y remisiones a la propia Directiva. Y ha publicado la normativa de desarrollo, incluyendo los formularios informativos, en abril, lo que incumple los plazos de treinta días naturales.