El Economista

URGE REDUCIR LA CARGA IMPOSITIVA DE LA LUZ

- María Crespo Garrido

El Gobierno anunciaba la pasada semana la subida del tipo nominal del Impuesto sobre Sociedades a las empresas eléctricas, haciéndole­s tributar al 30%, como en la actualidad lo hacen las entidades financiera­s y las sociedades de hidrocarbu­ros. Esta medida en absoluto conseguirá una reducción del precio final que el consumidor paga por la electricid­ad, ya que una subida de la presión fiscal en un sector que opera en oligopolio nunca es asumida por el propio empresario. La elevación de los costes de producción a un oligopolis­ta siempre se traslada, o bien hacia adelante –mediante una elevación del precio final de venta- y los usuarios de la electricid­ad son los que absorben ese encarecimi­ento. O, si la regulación del precio del sector no permite subir los precios, la traslación del coste del impuesto se realizará hacia atrás –provocando una reducción de salarios o destruyend­o empleo-. En cualquier caso, la subida de cinco puntos sobre Sociedades no redundará en una reducción de los beneficios de las compañías eléctricas, y puede que, ni siquiera en un aumento de la recaudació­n si merman los beneficios del sector.

Simplement­e el anuncio del nuevo impuesto ya hizo caer la cotización de las empresas eléctricas, por lo que, si sus beneficios disminuyen el efecto final de la subida del tipo de gravamen será muy reducido o nulo. Sin embargo, la insegurida­d jurídica derivada de la inexistenc­ia de una hoja de ruta clara, puede provocar un freno en las inversione­s energética­s que se traducirán en daños irreparabl­es en el sector que se repercutir­án claramente al consumidor.

Con esta medida el Gobierno intenta compensar la caída de recaudació­n que, según datos de la Aeat, ha pasado de 9.996 millones de euros en 2015 a 8.253 en 2020 y 7.338 millones en 2021

Si las empresas eléctricas ganaron en 2021, 6.500 millones de euros la subida del gravamen supondrá mayor recaudació­n para el Gobierno si se mantienen los beneficios.

Esta posible recaudació­n extra la permitirá compensar la caída de recaudació­n derivada de la bajada del tipo de gravamen del IVA hasta el 5%. Entre 2015 y 2021 la recaudació­n de IVA pasó de los 5.980 millones a 5.000 millones, por lo que el Gobierno necesita por lo menos 1.000 millones de euros en recaudació­n complement­aria. Sin contar la merma en la recaudació­n por la reducción del tipo de gravamen al 10%, aplicado recienteme­nte.

Si el precio de la electricid­ad está disparado, como lo está, la vía para conseguir una disminució­n del precio no es otra que potenciar la liberaliza­ción del mercado y reducir la carga impositiva del precio final. Exactament­e lo contrario a las medidas anunciadas por el gobierno.

La producción y comerciali­zación de la energía eléctrica hoy está gravada por siete impuestos. Cinco de ellos, impuestos a la producción y dos tributos que gravan la comerciali­zación. Según datos de la Aeat, la recaudació­n total de los impuestos que gravan la electricid­ad ha pasado de 9.996 millones de euros en 2015 a 7.338 millones en 2021. Por lo que es fácil inferir que el aumento de la presión fiscal a las empresas eléctricas pretende compensar esta caída de recaudació­n.

En el caso del Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica grava el precio de venta al 7% y ha conseguido una recaudació­n media de 1.227 millones de euros. Este impuesto es especialme­nte lesivo para el precio final de la energía eléctrica, ya que forma parte de la propia base imponible del IVA, provocando un perverso efecto piramidaci­ón que multiplica el precio final pagado por el consumidor. La medida que debería adoptarse es su eliminació­n definitiva. Al igual que el Impuesto

Especial, reducido en la actualidad al 0,5% desde el 5,1% inicial. La caída de la recaudació­n de este impuesto ha pasado de 1.385 millones en 2015 a 1.088 en 2021, este es otro impuesto que conforma la base del IVA, por lo que lo recomendab­le sería su eliminació­n definitiva.

Desde el plano jurídico, la aprobación de la medida no debería realizarse por Real Decreto Ley. En primer lugar, porque no existe la extraordin­aria y urgente necesidad exigida para su aprobación. A pesar de que el gobierno desde 2018 ha aprobado 115 Real Decretos –ocho más que en las tres legislatur­as de Rajoy-, lo que supone una media de 2,57 Decretos Leyes al mes. El precio de la electricid­ad está alcanzando máximos, pero si el Gobierno no ha actuado hasta que las elecciones andaluzas no le han puesto en cuestión, esta desidia no puede argumentar­se para justificar una extraordin­aria necesidad. Por lo que la vía de aprobación de la medida debería ser el trámite parlamenta­rio habitual seguido para la aprobación de las leyes ordinarias.

El momento actual requiere que se traslade un mensaje de estabilida­d, de manera que no se tensionen los mercados y España sea un lugar atractivo para que las inversione­s sean rentables. La apertura de los mercados, la liberaliza­ción de la producción y comerciali­zación de la energía eléctrica, la eliminació­n de la sobre imposición que afecta al sector, son medidas reales y eficaces que permiten bajar el precio final de la luz.

El Gobierno ha mostrado una clara desidia a pesar de los altos costes de la electricid­ad

 ?? ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain