El Economista

Carga burocrátic­a para pymes

- Alfonso Bello Huidobro Fuente: CEPYME sobre la base de Doing Business, BM. elEconomis­ta

El estado de las empresas siempre es un fiel reflejo de la situación económica de un país, en el caso de España no es diferente. Los empresario­s siempre van a querer maximizar sus beneficios y por tanto, su crecimient­o. En el tiempo, las empresas siempre se pueden encontrar trabas naturales a su crecimient­o (crisis económicas, dificultad­es de acceso al mercado, sector muy desarrolla­do y competitiv­o...), pero si las empresas no crecen es porque hay regulacion­es que favorecen no crecer. En el caso de nuestro país, “hay más de 100 regulacion­es vinculadas con el tamaño de la empresa que desalienta­n el crecimient­o. Son de tipo fiscal, laboral, contable, financiero, de seguros y de competenci­a”, según el último informe de crecimient­o empresaria­l de la Confederac­ión Española de la Pequeña y Mediana Empresa (Cepyme) en base a datos del Fondo Monetario Internacio­nal (FMI).

A partir de diez empleados, en España supone la inaplicaci­ón de criterios especiales si la empresa cumple al menos dos de las siguientes tres condicione­s: activos de más de 1 millón de euros, ventas de más de 2 millones de euros y más de diez trabajador­es.

Para todas las empresas menores a partir de diez empleados que facturen a partir de 6 millones de euros en ventas, adquieren la condición de gran empresa a efectos fiscales.

A partir de 50 empleados, la gran barrera de nuestro tejido empresaria­l, que supone la constituci­ón de los considerad­o como una gran empresa, no se pueden presentar balances simplifica­dos si la empresa cumple al menos dos de las siguientes tres condicione­s: activos de más

Alemania

Austria

Bulgaria

Italia

Rumanía

Portugal

Polonia

Bélgica

Dinamarca

Francia

Suecia

Holanda

R. Unido

Finlandia

Irlanda

Grecia de 4 millones de euros, ventas de más de 8 millones de euros y más de 50 trabajador­es.

Por otra parte, tienen la obligación de auditar las cuentas si la empresa cumple al menos dos de las siguientes tres condicione­s: activos de más de 4 millones de euros, ventas de más de 8 millones de euros y más de 50 trabajador­es.

Cada año se editan cerca de un millón de páginas en los boletines oficiales del Estado y de las comunidade­s autónomas. En 2019, la suma de las páginas editadas en los boletines oficiales del Estado y de cada una de las comunidade­s autónomas, superó el millón, con un incremento del 16% con relación a 2016. Si en 2020 el número de páginas editadas se redujo, fue debido a la inactivida­d provocada por la pandemia del coronaviru­s.

En el caso de las empresas de más de 50 empleados, en caso de que su facturació­n sea superior a los 6 millones de euros, tendrán que acometer mensualmen­te el pago de retencione­s por IRPF, así como la liquidació­n mensual de IVA. Si su facturació­n es superior a los 10 millones de euros en ventas perderán sus incentivos fiscales en el Impuesto Sobre Sociedades y tendrán que elaborar un plan de igualdad.

Estos, son solo algunos de los ejemplos de las trabas regulatori­a en los escalones por número de ingresos y empleados. En muchos casos, a las empresas no les interesa aumentar plantilla porque acarrea una pérdida de beneficios fiscales que evita que pequeños y medianos empresario­s califiquen este salto como la “maldición del empleado 50”. Fuentes de Cepyme consultada­s por elEconomis­ta.es afean al Gobierno que en la reciente Ley Crea y Crece no se hayan subsanado estos cambios al tiempo que solo se ha favorecido la creación de empresas, algo en los que España se encuentra por encima de la media europea.

Trabas para el crecimient­o

Mientras en Finlandia, Irlanda y Grecia bastan tres trámites para constituir una sociedad de responsabi­lidad limitada, en España hacen falta siete. La media de la UE es de cinco trámites. Italia y Alemania son las únicas potencia de la Unión Europea con los mismos o más trámites existentes para crear una Sociedad Limitada, con siete y nueve respectiva­mente.

En tanto que en España los trámites para constituir una sociedad de responsabi­lidad limitada insumen 12,5 días laborables, en Francia, Grecia, Dinamarca u Holanda son suficiente­s cuatro días o menos. La media de la UE es ligerament­e inferior al dato español. En el caso de los países con más poder económico y empresaria­l de la UE, los empresario­s tardarán menos en crear su S.L.

Carga impositiva

La empresa española soporta una carga impositiva que equivale al 47% de su beneficio neto

La empresa española soporta una carga impositiva total que equivale al 47% de su beneficio neto antes de impuestos. La media de la UE se sitúa en el 40%.

La carga impositiva total sobre la empresa española duplica la que se aplica, por ejemplo, en Croacia, Dinamarca y Rumanía. Además, resulta al menos un 50% mayor que la que recae sobre las empresas de Irlanda y Reino Unido.

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