A partir del próximo martes, los distribuidores de fondos interrogarán a sus clientes sobre sus preferencias de sostenibilidad. Hay tres posibles respuestas, y la ‘C’ será la predominante.
Las comercializadoras de fondos llevan meses sintiendo bajo sus pies el temblor que ya genera el nuevo terremoto para la inversión ESG (la que se realiza en base a criterios ambientales, sociales y de buen gobierno, por su acrónimo anglosajón). Este martes, 2 de agosto, entra en vigor, tanto en España como a nivel europeo, la modificación de MiFID II (la Directiva sobre Mercados de Instrumentos Financieros) por la que el test de idoneidad que se realiza a los inversores les preguntará también por sus preferencias de sostenibilidad. Es lo que se conoce como MiFID verde.
En solo unos días, a cualquier minorista que desee invertir en productos financieros su asesor o su banquero le planteará la posibilidad de destinar parte o la totalidad de esa inversión a vehículos responsables. Le hablará de términos hasta ahora desconocidos para él o ella como taxonomía, efectos adversos o Reglamento de Divulgación. Los expertos coinciden en la importancia de hacer pedagogía. Lo señalaba recientemente Rosa Duce, CIO de Deutsche Bank en España, durante su intervención en el consejo editorial que organiza cada mes elEconomista.es Inversión sostenible y ESG (la web sobre ESG de elEconomista.es): “No existe todavía una conciencia por parte del inversor sobre qué implica invertir en criterios sostenibles. Los cambios asustan, y hay que hacer mucha didáctica. Pero existe, claramente, una demanda de estos temas, y cada vez serán más los clientes que exijan un porcentaje elevado de criterios ESG”, afirmaba Duce.
¿Qué le van a preguntar exactamente al minorista? Cada distribuidor formulará las cuestiones a su manera, pero la primera pregunta general será: ¿Tiene usted preferencias de sostenibilidad? Si la respuesta es sí, la siguiente cuestión sería: ¿En qué medida quiere que su cartera atienda a esas preferencias?
El cliente se encontrará con que su entidad le ofrecerá rangos del estilo de “al menos el 10% de mis inversiones”, “al menos el 25%” o “más del 50%”.
La siguiente pregunta –y aquí la cosa se complica– sería la siguiente: ¿Cómo quiere usted materializar esas preferencias de sostenibilidad? De acuerdo con el nuevo MiFID II, puede aterrizarlas en su cartera de tres formas: a través de inversiones consideradas sostenibles en base al Reglamento de Taxonomía (esta es la opción A); hacerlo a través de inversiones sostenibles conforme al Reglamento europeo de Divulgación (opción B); o a través de productos que tienen en cuenta las principales incidencias adversas (PIAS), es decir, que gestionan los impactos negativos que puede tener esa inversión sobre cuestiones climáticas o sociales (esta es la opción C).
No es que tenga que elegir, forzosamente, una u otra opción: puede decir que quiere materializar sus preferencias de las tres formas, o solo de una, o solo de dos. “La principal dificultad es que los asesores deben ser capaces de explicar en qué consiste cada una de esas tres opciones”, señala Claudia Antuña, responsable de inversiones sostenibles de la consultora independiente Afi.
La opción ‘C’ será mayoritaria al inicio
Vaya por delante que, de estas tres alternativas, la que probablemente predominará en España, al menos en el corto plazo, será la C, la más laxa y menos restrictiva y en la que, por tanto, se enmarcan a día de hoy más fondos.
Por el contrario, para quien elija la opción –la que alberga a productos alineados con la taxonomía – hay poco producto disponible. La taxonomía europea es el listado de las actividades económicas que la Comisión Europea considera verdes. El Reglamento que la recoge ha generado una gran polémica, porque la institución aceptó en esta clasificación, aunque con restricciones, energías como la nuclear y el gas.
A día de hoy, muchas entidades tienen poquísimo o nulo producto que ofrecer al cliente que quiera invertir en fondos alineados con la taxonomía. Lo explica Claudia Antuña: “El problema es que la propia definición de taxonomía ya es en sí misma muy acotada, con lo que encontrar este tipo de inversiones en estrategias es muy difícil; y a esto se suma que no tenemos datos. Las compañías todavía no está obligadas a reportar su grado de alineamiento con la taxonomía, lo único que tenemos son estimaciones”, señala la experta.
Por el contrario, la opción es compatible prácticamente con cualquier estrategia e instrumento financiero, siempre que se analicen esos potenciales impactos adversos, y se gestionen. Por lo tanto, lo más probable es que en España las distribuidoras de fondos tiendan a llevarse a sus clientes hacia esta opción, mucho más amplia.
Al cliente que elija materializar sus preferencias de sostenibilidad a través de esta opción no le pedirán que marque rangos porcentuales, como sí ocurre con la respuesta A. Lo que le preguntarán es, como mucho, qué tipo de incidencias adversas quiere que se gestionen (los efectos nocivos, ambienta
ACC