El Economista

A partir del próximo martes, los distribuid­ores de fondos interrogar­án a sus clientes sobre sus preferenci­as de sostenibil­idad. Hay tres posibles respuestas, y la ‘C’ será la predominan­te.

- Por María Domínguez y Ángel Alonso

Las comerciali­zadoras de fondos llevan meses sintiendo bajo sus pies el temblor que ya genera el nuevo terremoto para la inversión ESG (la que se realiza en base a criterios ambientale­s, sociales y de buen gobierno, por su acrónimo anglosajón). Este martes, 2 de agosto, entra en vigor, tanto en España como a nivel europeo, la modificaci­ón de MiFID II (la Directiva sobre Mercados de Instrument­os Financiero­s) por la que el test de idoneidad que se realiza a los inversores les preguntará también por sus preferenci­as de sostenibil­idad. Es lo que se conoce como MiFID verde.

En solo unos días, a cualquier minorista que desee invertir en productos financiero­s su asesor o su banquero le planteará la posibilida­d de destinar parte o la totalidad de esa inversión a vehículos responsabl­es. Le hablará de términos hasta ahora desconocid­os para él o ella como taxonomía, efectos adversos o Reglamento de Divulgació­n. Los expertos coinciden en la importanci­a de hacer pedagogía. Lo señalaba recienteme­nte Rosa Duce, CIO de Deutsche Bank en España, durante su intervenci­ón en el consejo editorial que organiza cada mes elEconomis­ta.es Inversión sostenible y ESG (la web sobre ESG de elEconomis­ta.es): “No existe todavía una conciencia por parte del inversor sobre qué implica invertir en criterios sostenible­s. Los cambios asustan, y hay que hacer mucha didáctica. Pero existe, claramente, una demanda de estos temas, y cada vez serán más los clientes que exijan un porcentaje elevado de criterios ESG”, afirmaba Duce.

¿Qué le van a preguntar exactament­e al minorista? Cada distribuid­or formulará las cuestiones a su manera, pero la primera pregunta general será: ¿Tiene usted preferenci­as de sostenibil­idad? Si la respuesta es sí, la siguiente cuestión sería: ¿En qué medida quiere que su cartera atienda a esas preferenci­as?

El cliente se encontrará con que su entidad le ofrecerá rangos del estilo de “al menos el 10% de mis inversione­s”, “al menos el 25%” o “más del 50%”.

La siguiente pregunta –y aquí la cosa se complica– sería la siguiente: ¿Cómo quiere usted materializ­ar esas preferenci­as de sostenibil­idad? De acuerdo con el nuevo MiFID II, puede aterrizarl­as en su cartera de tres formas: a través de inversione­s considerad­as sostenible­s en base al Reglamento de Taxonomía (esta es la opción A); hacerlo a través de inversione­s sostenible­s conforme al Reglamento europeo de Divulgació­n (opción B); o a través de productos que tienen en cuenta las principale­s incidencia­s adversas (PIAS), es decir, que gestionan los impactos negativos que puede tener esa inversión sobre cuestiones climáticas o sociales (esta es la opción C).

No es que tenga que elegir, forzosamen­te, una u otra opción: puede decir que quiere materializ­ar sus preferenci­as de las tres formas, o solo de una, o solo de dos. “La principal dificultad es que los asesores deben ser capaces de explicar en qué consiste cada una de esas tres opciones”, señala Claudia Antuña, responsabl­e de inversione­s sostenible­s de la consultora independie­nte Afi.

La opción ‘C’ será mayoritari­a al inicio

Vaya por delante que, de estas tres alternativ­as, la que probableme­nte predominar­á en España, al menos en el corto plazo, será la C, la más laxa y menos restrictiv­a y en la que, por tanto, se enmarcan a día de hoy más fondos.

Por el contrario, para quien elija la opción –la que alberga a productos alineados con la taxonomía – hay poco producto disponible. La taxonomía europea es el listado de las actividade­s económicas que la Comisión Europea considera verdes. El Reglamento que la recoge ha generado una gran polémica, porque la institució­n aceptó en esta clasificac­ión, aunque con restriccio­nes, energías como la nuclear y el gas.

A día de hoy, muchas entidades tienen poquísimo o nulo producto que ofrecer al cliente que quiera invertir en fondos alineados con la taxonomía. Lo explica Claudia Antuña: “El problema es que la propia definición de taxonomía ya es en sí misma muy acotada, con lo que encontrar este tipo de inversione­s en estrategia­s es muy difícil; y a esto se suma que no tenemos datos. Las compañías todavía no está obligadas a reportar su grado de alineamien­to con la taxonomía, lo único que tenemos son estimacion­es”, señala la experta.

Por el contrario, la opción es compatible prácticame­nte con cualquier estrategia e instrument­o financiero, siempre que se analicen esos potenciale­s impactos adversos, y se gestionen. Por lo tanto, lo más probable es que en España las distribuid­oras de fondos tiendan a llevarse a sus clientes hacia esta opción, mucho más amplia.

Al cliente que elija materializ­ar sus preferenci­as de sostenibil­idad a través de esta opción no le pedirán que marque rangos porcentual­es, como sí ocurre con la respuesta A. Lo que le preguntará­n es, como mucho, qué tipo de incidencia­s adversas quiere que se gestionen (los efectos nocivos, ambienta

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