La duración media de los contratos temporales marca mínimos históricos
En marzo este tipo de compromisos se situaron en los 50 días de media
El objetivo de la reforma laboral era doble: reducir el número de contratos temporales y, también, mejorar la calidad de los que se siguen registrando. Pero mientras en el primer supuesto se puede hablar de éxito, en el segundo los resultados son mucho más decepcionantes, a tenor de los datos de la duración por la que se firman: en el pasado mes de marzo, se quedó en 50,03 días de media, el mínimo para ese mes de una serie histórica que se remonta a 2006.
El volumen de los contratos temporales retrocedió un 39,6% interanual en el pasado mes, mientras los indefinidos subieron un 19,9%. Así, el peso de los eventuales pasó del 69,7% de hace un año al 53,2%.
Una comparativa aún más positiva si tenemos en cuenta que en marzo de 2022 la reforma laboral ya llevaba tres meses en vigor y la mayoría de las empresas habían hecho el esfuerzo de adaptarse a sus condiciones. Esto parecía tener un reflejo positivo en los días que duraban los contratos eventuales, que creció de 55,31 días en 2021 a 60,63.
Sin embargo, en marzo de 2023, este indicador volvió a desplomarse, a los 50,08 días. Una de las claves de esta evolución está en la estacionalidad: en 2023 la Semana Santa se celebró en los primeros días de abril, y con ello la contratación en sectores como la hostelería y el turismo. Además, se trata de la primera campaña en 2020 sin la marca de la pandemia, lo cual se ha traducido en unos resultados récord de turistas y reservas.
Sin embargo, los contratos temporales tuvieron la menor duración de la serie histórica que publica el Sepe, que se remonta a 2006. Y en nueve de los 18 años transcurridos, el calendario tuvo el mismo efecto que en 2023, pero los contratos duraron más.
No solo ha ocurrido en marzo: aunque la duración de los contratos firmados fluctúa mucho de un ms para otro, por la propia estacionalidad del empleo, estos mínimos históricos se han registrado ya en otros meses muy afectados por los empleos temporales, como agosto.
Algo que despierta muchas preguntas, teniendo en cuenta que la reforma laboral se diseñó precisamente para que ocurriera lo contrario.
Para entender el camino que ha seguido la duración de los contratos, hay que tener en cuenta cómo estima el servicio estatal de empleo su duración media, que se sostiene sobre los que se fijan con una duración determinada. Es decir, aquellos que al ser formalizados ya establecen cuándo vencen. No computan los contratos indefinidos (sean ordinarios o fijos discontinuos), pero tampoco aquellos temporales en los que no se establece una fecha de término a la hora de registrarlos.