Las subastas de luz obligatorias abren una batalla entre comercializadoras y eléctricas
El Gobierno mantiene la opción de obligar a las grandes a vender parte de su energía
La Comisión Nacional de Mercados y Competencia ha abierto un expediente a 35 comercializadoras de electricidad a las puertas de la aprobación de la reforma de la tarifa PVPC.
Fenie asegura que las reformas realizadas por el Gobierno para bajar el precio de la energía -con las que está de acuerdo en el fondo, pero no en la forma- están provocando una distorsión del mercado y contribuyen a destruir y dinamitar la competencia.
El Real Decreto-Ley 17/2021, por medio del cual se orquestó un plan de choque para contener el precio de la electricidad, incluía una orden explícita para que el Ejecutivo celebrase la primera subasta de energía eléctrica inframarginal antes del 31 de diciembre de 2021. Sin embargo, y pese a ser una disposición legal en vigor, estas subastas no se han celebrado y acumulan ya 16 meses de retraso.
La duda en el sector se produce ahora puesto que hay incertidumbre en si la reforma del PVPC incluirá esta obligación de subasta inframarginal. En el borrador de la misma sólo se abre la posibilidad de llevarlas a cabo para incorporar posteriormente el resultado como señal de precio a la nueva tarifa.
Esta situación ha provocado un duro enfrentamiento entre las generadoras y las comercializadoras independientes. Mientras las primeras aseguran que la venta de electricidad a precios fijos está abierta a todas las comercializadoras, incluyendo a las de las eléctricas, que suelen estar cortas de generación y deben comprar electricidad con la que atender a todos sus clientes.
Por ese motivo, consideran que las independientes tienen opciones para ofertar a precios fijos competitivos invirtiendo en generación renovable o firmando PPAs. De otro modo, se trataría -indican- solo de revendedores y difícilmente pueden ofrecer precio más bajos.
Entre las eléctricas sostienen que la subasta inframarginal no abarataría la factura.
“En el mejor de los casos, el coste total medio para los consumidores será similar al actual, si bien se penalizaría a los consumidores que actualmente disfrutan de precios fijos, dado que las comercializadoras tradicionales se verían obligadas a romper los contratos de suministro con estos clientes”, explican desde el sector.
“No existen consumidores de primera o segunda categoría, sino comercializadoras que cubren o no adecuadamente las necesidades de sus consumidores”, indican. “No debemos confundir la actuación y gestión de un comercializador con la de un revendedor que se limita a trasladar el riesgo a sus clientes”.
Las comercializadoras de referencia, que soportan la obligación de suministro de último recurso, sostienen además que las quiebras de las pequeñas no son una ventaja sino que suponen un quebranto a los agentes implicados que pasan a ser suministrados por Comercializadoras de Último Recurso en condiciones de PVPC diferentes a las que tenían pactadas, e incluso pueden tener que asumir el perjuicio derivado de los impagos.