El Economista

Solo una firma se ha adherido al Código para Inversores

La CNMV aprobó este manual en febrero, para aumentar la implicació­n de las gestoras de activos

- M. Domínguez

El pasado 22 de febrero, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) aprobaba el Código de Buenas Prácticas para inversores. Este esperado manual aspira a aumentar la implicació­n de los institucio­nales, y de las gestoras de activos, en sus empresas participad­as. Además de a ellos, también se dirige a una figura en ascenso: los proxy advisors o asesores de voto, cuya misión consiste en aconsejar a los inversores institucio­nales sobre cómo votar los distintos puntos del orden del día en las juntas de accionista­s.

Más de dos meses después de su aprobación, sólo una entidad se ha sumado a este código de adhesión voluntaria, según se refleja en la página web de la CNMV. Se trata del proxy Corporance Asesores de Voto, cuyo fundador, Juan Prieto, es además uno de los 20 expertos que integraron el grupo consultivo que participó en la redacción del manual. En opinión de este experto, no es tan extraño que todavía no haya ni una gestora adherida al Código, teniendo en cuenta que desde marzo estas firmas se hallan inmersas en plena temporada de juntas de accionista­s.

Aclaracion­es a la SRD II

El Código aprobado por la CNMV tiene, además, el objetivo de aportar claridad sobre cuáles son las obligacion­es de las gestoras en lo que respecta al activismo inversor, una vez que ya se ha transpuest­o en España una directiva europea sobre implicació­n: la Shareholde­rs’ Rights Directive II (SRD II). Esta directiva tiene la finalidad de fomentar una actitud proactiva en los institucio­nales, pero fuentes conocedora­s de la misma explican que no deja realmente claro qué se considera exactament­e la “implicació­n”. De ahí que el Código español tenga un papel importante.

Las gestoras acaban de entrar en una etapa especialme­nte intensa en cuanto a nuevas obligacion­es en su faceta de inversores responsabl­es. La SRD II las obliga a desarrolla­r una política de implicació­n integrada en su política de inversión; a presentar cada año un informe que detalle qué acciones de implicació­n llevaron a cabo, dentro de dicha política, en el ejercicio anterior; y a ejercer su derecho de voto en la junta de accionista­s.

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