Recurrida la tasa mínima en Sociedades del 15% que Hacienda aplicará en 2024
Una denuncia ante el TGUE busca tumbar la directiva por desigualdad de trato
Recurrido ante el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) el impuesto mínimo global del 15% para multinacionales y grandes grupos nacionales que facturen más de 750 millones de euros al año y que Hacienda, en transposición de una directiva europea, prevé aprobar a finales de este año para su puesta en marcha en 2024.
Este impuesto, que a su par llega obligado a nivel mundial por la OCDE, tiene un doble objetivo. De un lado, en el caso de España, la Administración Tributaria busca evitar que las filiales de grupos extranjeros que tributen menos en nuestro país por este gravamen paguen ese déficit en su país de origen y no en el nuestro porque este ya tenga en vigor el impuesto mínimo global. “Como no lo meta España, lo va a recaudar otro país”, explican abogados fiscalistas consultados. De otro, poder exigir a las filiales situadas en España cuya matriz esté en un país de baja imposición una mayor tributación por beneficios insuficientemente gravados en el país de origen.
Cabe destacar que esta obligación es solo para grandes compañías que hayan obtenido una facturación de más de 750 millones en dos de los últimos cuatro años, con el objetivo de que paguen, al menos, el 15% en el Impuesto sobre Sociedades en todos los países en los que están presentes. Si el país en el que está situada una filial no aplica este gravamen, el déficit impositivo de la filial lo ingresará el país en el que esté la matriz.
Aunque los expertos señalan que el tipo de Sociedades en España ya es mayor al 15% (el general es del 25%), aseguran que hay excepciones que pueden llevar a una empresa a pagar menos como estar situada en Canarias, donde el tipo es del 4%; en Ceuta o Melilla, donde se bonifica hasta el 50%; realizar inversiones en I+D, donde las deducciones pueden llegar al 100%, o por la venta de participaciones de una firma por la que se puede gravar menos del 2% por los beneficios obtenidos si se sigue manteniendo una participación relevante en el capital de la empresa en la que se desinvierte.
Los argumentos
El recurso contra la Directiva (UE) 2022/2523 del Consejo, de 14 de diciembre de 2022, relativa al impuesto mínimo global, al que ha tenido acceso elEconomista.es, fue interpuesto de forma anónima desde Francia el pasado 15 de marzo. El texto pide anular por completo la directiva bajo el argumento de que viola el principio general de igualdad de trato de empresas comparables ya que explica que excluye de este impuesto los ingresos del transporte marítimo internacional. También argumenta que viola el principio de proporcionalidad porque sus efectos exceden lo necesario para cumplir sus objetivos. Finalmente, apunta a que aplicar la norma a “situaciones puramente nacionales” infringe el principio de proporcionalidad. Los expertos consultados explican al respecto que la directiva de la UE, a excepción de la norma de la OCDE, hace un cambio al incluir, además de a multinacionales, a grupos nacionales. “Es decir, un grupo español sin filiales fuera también tendría que pagar el impuesto mínimo”, señalan.
El país que se retrase en su aplicación, en el caso de que permita tributar a filiales extranjeras por debajo del 15%, verá como ese déficit acabará en las arcas de otra Agencia Tributaria. Por ello, según explican los expertos en fiscalidad consultados por este diario, Irlanda ya ha subido el Impuesto de Sociedades, y otros países como EEUU, Reino Unido, Singapur o Tailandia estudian hacerlo.
Varios países suben el impuesto para evitar que el déficit tributario lo ingresen terceros