Díaz impone al PSOE el veto a la rebaja unilateral de la jornada parcial
El empleado deberá contar con información por escrito que describa su puesto
Sumar gana el pulso al PSOE sobre la unilateralidad de la empresa para rebajar la jornada parcial. Prohibir este extremo era la última línea roja de la que dependía que el Consejo de Ministros de este martes, una vez aprobara la directiva de condiciones laborales transparentes que España debía a Bruselas desde 2022 y que, finalmente, ha sido transpuesta.
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, confirmó durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros la transposición de Directiva (UE) 2019/1152 relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles en la Unión Europea. “Es una norma fundamental contra la precariedad que tiene que ver con los derechos de los trabajadores más vulnerables”, comentó la vicepresidenta Díaz.
Lo primero que destacó la vicepresidenta segunda sobre las implicaciones de la transposición de la norma europea es que “prohíbe el trabajo a llamada en España e impide los contratos de cero horas en nuestro país”. Esto significa acabar con la disponibilidad absoluta a la que estaban sometidos muchos trabajadores, en su mayoría mujeres”, más afectadas por la parcialidad.
Díaz confirmó también la luz verde a una exigencia de Sumar, que beneficiará especialmente a las trabajadoras del sector de la distribución: no se van a poder reducir los contratos a tiempo parcial como mecanismo para la rebaja salarial si se trata de una decisión unilateral del empresario. “Esto hoy se acabó en España”, dijo Díaz.
El lunes, el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, avanzó que este punto era una línea ro
ja para el Ministerio: “Para nosotros es esencial que en el marco de la transposición de esa directiva se incorpore una regla que, igual que se impide transformar unilateralmente por la empresa un contrato de tiempo completo a tiempo parcial o viceversa, impida rebajar la jornada o ampliarla con bajada del salario proporcional”. La conversión de un trabajo a tiempo completo en uno a tiempo parcial o viceversa y no podrá ser unilateral.
La norma vela por que el empleado reciba por escrito la información completa sobre su puesto de trabajo y obliga a recoger por escrito jornada, horarios, registros y afectación salarial, entre otras cuestiones: “Todas y cada uno de las horas que se realicen deben estar previsibles”, matizó Díaz. Es decir, el trabajador deberá conocer con antelación cuándo y cómo tienen que trabajar. El empleador tendrá un plazo de preaviso máximo de tres días para la realización de estas horas, y no se podrá rebajar mediante convenio. En caso de cancelación total o parcial de dichas horas sin respetar este plazo de preaviso, implicará el derecho a la retribución correspondiente.
Datos precisa por ley
La ley de condiciones laborales transparentes también limitará el periodo de prueba de los contratos temporales, que deberá ser proporcional al margen temporal del propio contrato. Es uno de los puntos
España transpone la directiva europea en materia de condiciones del trabajo
fuertes de la norma, que implicará “más garantías” porque la negociación colectiva no podrá ampliarlo más allá de seis meses para técnicos y técnicas tituladas y de dos meses para el resto de personas trabajadoras. En este sentido, la negociación colectiva no puede empeorar las condiciones. En este caso prevalecerá el convenio autonómico si mejora las condiciones del trabajador, si no primará el convenio estatal del sector correspondiente.
En el caso de los contratos temporales y de duración determinada, si es concertado por un periodo igual o superior a seis meses, el periodo de prueba no podrá ser de más de un mes. En los contratos de duración menor, el periodo de prueba se reducirá en la misma proporción mientras que la norma los suprime en el caso de los contratos que se hayan firmado sean de muy corta duración.