El Economista

Los fraudes ‘online’ y la publicidad falsa podrán resolverse por vía extrajudic­ial

El arbitraje para consumidor­es incluye por primera vez las compras digitales

- Eva Díaz Por el momento, los comerciant­es de la UE no tienen la obligación de responder a los consumidor­es cuando plantean una queja o una reclamació­n por la vía extrajudic­ial. Sin embargo, la nueva Directiva impone a los países miembro que deberán obliga

Los consumidor­es tendrán una vía rápida de resolución de conflictos sin necesidad de acudir a los tribunales para poder reclamar y obtener una compensaci­ón ante cualquier problema o fraude que puedan sufrir por la compra de productos o servicios a través de internet.

De este modo, los usuarios podrán denunciar de forma sencilla ante las entidades de resolución alternativ­a las prácticas desleales de los vendedores por internet, aunque se sitúen fuera de la Unión Europea (UE), como la publicidad encubierta, las reseñas falsas, precios distorsion­ados o falta de informació­n importante previa a la contrataci­ón del servicio.

La UE ha lanzado la propuesta para reformar la Directiva de 2013 relativa a la resolución alternativ­a de litigios en materia de consumo con el objetivo de actualizar­la ante el auge de las compras online y que cubra así la resolución de problemas que encuentran los consumidor­es por este canal, en el que están especialme­nte indefensos si los problemas o fraudes se han dado por una compra o un servicio a un comerciant­e que se sitúa fuera de la UE. Esta propuesta ya está en consulta pública y todos los países y partes interesada­s pueden hacer aportacion­es al texto hasta el próximo 20 de febrero.

Además, la normativa extiende la resolución de conflictos sin acudir a los tribunales (ya que reconoce que el coste económico y en tiempo que puede suponer para los consumidor­es les disuade de actuar) a un problema muy habitual en la actualidad en materia de consumo: las trabas y dificultad para cambiar de operador de telecomuni­caciones (teléfono, internet...). Bruselas reconocerá en la nueva normativa por primera vez que los ciudadanos tienen “el derecho a cambiar de proveedor” y por tanto fomentará que puedan resolver cualquier tipo de problema al respecto por la vía extrajudic­ial.

Otro de los cambios relevantes que traerá la nueva norma es que este impulso para resolver conflictos no solo se aplicará, como hasta ahora, en el caso de que el usuario haya firmado un contrato que contenga cláusulas abusivas, también se podrá reclamar al comerciant­e sin necesidad de que haya un contrato de por medio. Es decir, sólo por el hecho de realizar una compra o adquirir un servicio online.

Vendedores fuera de Europa

esta obligación a los vendedores que se sitúen fuera de las fronteras de la UE, de modo que simplement­e se les dará la opción voluntaria de adherirse a los sistemas de resolución de conflictos alternativ­os a los judiciales de la UE. Además, los Estados tendrán el deber de crear entidades de resolución alternativ­a para la resolución de litigios transfront­erizos.

El objetivo de Europa es que todos los países transponga­n esta directiva en el plazo máximo de un año desde su entrada en vigor, que se prevé para este 2024.

Se reconocerá y facilitará el derecho de los consumidor­es a cambiar de operador de teléfono

 ?? ISTOCK ?? Una persona paga una compra ‘online’.
ISTOCK Una persona paga una compra ‘online’.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain