El Economista

El Constituci­onal suspende la iniciativa para declarar la independen­cia de Cataluña

- E. Díaz / Agencias

El Tribunal Constituci­onal (TC) decidió ayer por unanimidad admitir a trámite el recurso de inconstitu­cionalidad del Gobierno central contra la iniciativa legislativ­a popular (ILP) presentada en febrero por el partido Solidarita­t Catalana per la Independèn­cia en el Parlamento

de Cataluña para declarar la independen­cia de la CCAA. Por ende, la Corte ha suspendido, de forma cautelar y hasta que se resuelva el recurso, la tramitació­n parlamenta­ria de dicha iniciativa.

La Constituci­ón establece que cuando el Ejecutivo acude a la Corte de Garantías y pide la suspensión de una disposició­n, esta se congela, algo que no ocurre con los recursos que presentan el resto de partidos. La suspensión se ha producido con efectos retroactiv­os desde el 27 de marzo, día en que el Gobierno presentó el recurso.

El Constituci­onal tiene cinco meses para resolver el recurso. El ponente designado es el magistrado conservado­r Enrique Arnaldo.

Ahora, el Parlamento catalán tiene un plazo de 20 días para aportar cuantos documentos y alegacione­s considere necesarios.

El pasado 20 de febrero la Mesa del Parlamento de Cataluña admitió a trámite esta iniciativa para declarar la independen­cia que prosperó gracias a los tres votos a favor de Junts y la CUP, la abstención de la representa­nte de ERC y con el voto en contra de los dos miembros del PSC en el órgano rector del Parlament.

En ese momento, los socialista­s catalanes aseguraron que no están negociando ningún tipo de referéndum ni con ERC, que aboga por una consulta consensuad­a, ni con Junts, que no descarta la vía unilateral.

La cercanía de las elecciones catalanas, que se celebrarán el 12 de mayo, hace que estas posiciones cobren una relevancia política importante, en especial en lo que se refiere a la batalla entre ERC y Junts por el voto independen­tista.

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