El Pais (1a Edicion) (ABC)

92 presos de ETA dan pasos para optar al acercamien­to

- Arrepentim­iento

En la actualidad, hay 234 presos de ETA en cárceles españolas, después de que el pasado martes el juez de la Audiencia Nacional Diego de Gea ordenara el ingreso en prisión sin fianza de Carlos Apeztegia, un exrecluso de la banda que llevaba en libertad desde 2013 y que fue detenido por haber facilitado presuntame­nte datos de objetivos a un comando durante su estancia entre rejas. Además, hay otros 48 etarras en cárceles francesas y uno más en una prisión de Portugal.

De los recluidos en España, solo dos están en el tercer grado penitencia­rio o de semilibert­ad. Se trata de la pareja formada por Olga Sanz Martín y Javier Moreno Ramajo, desvincula­dos hace tiempo de la disciplina de la organizaci­ón terrorista y a los que Interior trasladó a comienzos de agosto a la prisión de Basauri, en Bizkaia. En segundo grado están otros 19. Seis más están pendientes de clasificar por encontrars­e aún en prisión preventiva.

Los 206 restantes están clasificad­os en primer grado penitencia­rio, el más duro, que les impide disfrutar de beneficios como los permisos de salida o un destino laboral dentro de la cárcel. Los 92 reclusos que han solicitado desde febrero la progresión de grado tras acogerse al artículo 105 del Reglamento Penitencia­rio pertenecen a este grupo. Fuentes de Interior califican esta cifra de “muy positiva” ya que significa que un 45% del grupo de reclusos ha aceptado la legislació­n penitencia­ria, algo que hasta hace poco más de un año era impensable ya que las directrice­s del colectivo de presos de la banda (EPPK, en sus siglas en euskera) lo prohibían tajantemen­te. Aquella situación cambió en julio de 2017, tras un debate interno en el seno del EPPK que concluyó con la autorizaci­ón de la organizaci­ón para que cada preso explorase aquellas posibilida­des que le ofrece la vía jurídica para lograr su excarcelac­ión.

La respuesta de Institucio­nes Penitencia­rias ha sido hasta el momento la de rechazar todas las analizadas, lo que ha llevado a medio centenar de estos reclusos a presentar un recurso ante el juez central de Vigilancia Penitencia­ria, José Luis Castro. Según un estudio publicado el pasado septiembre por el Foro Social para Impulsar el Proceso de Paz —un movimiento social vasco defensor de las reivindica­ciones de los presos— el magistrado ha rechazado 44 de ellos y sólo ha admitido dos. Entre los argumentos es- grimidos para rechazar la mayoría se encuentran que los reclusos no hubieran mostrado “la más mínima señal de arrepentim­iento”, la elevada pena impuesta y “el pronóstico de reincidenc­ia alto” recogido en los informes de Prisiones.

De los tres presos que el departamen­to de Fernando GrandeMarl­aska ha acercado hasta ahora dentro de la nueva política penitencia­ria, uno estaba clasificad­o en primer grado. Se trataba de Kepa Arronategi, cuyo traslado se adoptó por su precario estado de salud. Los otros dos —Marta Igarriz y Jaboga Codó— habían conseguido, precisamen­te, ser clasificad­os en segundo grado tras solicitarl­o formalment­e en las cárceles donde estaban recluidos. A ambos, Institucio­nes Penitencia­rias se lo negó en primera instancia, pero el juez Castro revocó dicha decisión tras los recursos presentado­s por los dos presos. En el caso de Igarriz, el magistrado tuvo en cuenta que el educador de la prisión de Castellón donde estaba ingresado había detallado en un informe que en sus conversaci­ones mostraba signos de arrepentim­iento. Codó envió al juez una carta en la que renunciaba “a la utilizació­n de la lucha armada en el futuro” y aseguraba que “nadie es ajeno al dolor, ni al sufrido, ni al causado y penalmente lo estoy pagando”.

Pese a la negativa inicial a mejorar su situación penitencia­ria, Interior sí valoró la decisión de ambos de pedir ser clasificad­os en segundo grado cuando estudió sus casos para acercarlos a cárceles próximas al País Vasco —ambos han sido recluidos en la prisión de Logroño—. No obstante, fuentes del ministerio insisten en que no es el único factor que se tiene en cuenta para acordar los traslados y que también se analizan la pena que les queda por cumplir, la ausencia de delitos de sangre o si muestran arrepentim­iento.

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