¿Qué es el tributo y cómo se reclama?
La mayoría de hipotecas se constituyen ante notario y quedan registradas. Al hacerlo, es obligatorio pagar el impuesto, con una parte fija y otra variable. Los documentos notariales deben ir en papel timbrado, que tiene un coste de 0,15 euros por folio o 0,30 euros por pliegue. Su impor- te depende por tanto de la extensión del documento, pero generalmente es una cantidad baja.
Su cálculo es más complejo porque la base imponible no es el importe del préstamo concedido, sino la responsabilidad hipotecaria total. Esta puede variar mucho de unas entidades bancarias a otras, según señalan los expertos. No. La responsabilidad hipotecaria suma al importe concedido otros gastos que derivarían de su impago, como intereses de demora o costes de litigio. Se suele especificar en la primera cláusula hipotecaria del contrato.
Navarra y País Vasco tienen el tipomás bajo de toda España: un 0,5% de la ba- se imponible. En Madrid y Canarias se aplica el 0,75%. Les sigue La Rioja con el 1% y, a continuación, Baleares y Asturias, ambas con el 1,2%. Todas las demás aplican un tipo del 1,5%. Por tanto, para una hipoteca de 100.000 euros con una responsabilidad de 130.000 euros, el importe a pagar por el tipo más habitual variaría de 650 a 1.950 euros en función del territorio.
Sí. Muchas comunidades presentan reducciones y exenciones para jóvenes, familias numerosas, personas con discapacidad u otros colectivos. En algunas también se contempla la finalidad para la que se solicita la hipoteca y aplica un tipo reducido si el inmueble que se compra va a ser vivienda habitual. La ley señala que “será sujeto pasivo el adquiriente del bien o derecho y, en su defecto, las personas que insten o soliciten los documentos notariales”. El Tribunal Supremo, modificando jurisprudencia anterior, ha establecido que son los bancos los interesados en elevar la hipoteca a escritura pública y registrarla. Por eso deben pagarlo ellos.
Las asociaciones de consumidores consultadas confirman que los hipotecados que ya reclamaron el impuesto y cuentan con una sentencia firme ya no podrán volver a exigir este dinero a la entidad con la cual firmaron la hipoteca. “Pero son muy pocos, porque los bancos se han dedicado a recurrir