La justicia concede el tercer grado penitenciario a Iñaki Urdangarin
Solo irá a la cárcel a dormir y podrá pasar en casa todos los fines de semana Entró en prisión en el 2018 para cumplir una condena de cinco años y diez meses
El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Castilla y León ha estimado el recurso de Iñaki Urdangarin, preso en la cárcel de Brieva (Ávila), y le ha concedido el tercer grado penitenciario, de modo que trabajará fuera de prisión, regresará al centro solo para dormir y disfrutará de todos los fines de semana.
La concesión del tercer grado es ya firme, toda vez que fiscalía ha desistido de recurrir el auto judicial. El auto, en línea con lo apuntado por el fiscal, recoge la «positiva evolución» del interno, lo cual lleva a que reúna los requisitos legalmente establecidos para acceder al tercer grado, si bien como complemento se considera adecuado el mantenimiento de la actividad laboral que viene desarrollando en el centro Don Orione y la realización de un programa de tratamiento específico en materia de delincuencia económica.
El titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria concluye que la resolución de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias revocada «no da explicación alguna» de la razón del peor trato dado al recurrente frente a los deEn más condenados en el caso Nóos, cuando al menos, con relación a uno de ellos (el exsocio), las circunstancias del interno Urdangarin «son claramente más favorables a día de la resolución que cuando a aquél otro le fue concedido el tercer grado, vulnerándose con ello el principio de igualdad consagrado en el artículo 24 de la Constitución Española».
De acuerdo con esta decisión del Juzgado, Urdangarin, recluido desde junio de 2018, podrá trabajar fuera de prisión y regresar al Centro de Inserción Social de Alcalá de Henares (Madrid) para dormir a diario, mientras que podrá disfrutar de todos los fines de semana.
un auto notificado a las partes, el magistrado revoca el acuerdo de Instituciones Penitenciarias, dictado por el director general de Ejecución Penal y Reinserción el pasado 30 de diciembre, por el que se acordaba el mantenimiento en segundo grado del recurrente, con aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario; e incluso asegura que esta resolución «infringe, esconoce y se aparta abiertamente» de la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo a raíz del denominado caso procés.
El Ministerio Fiscal se adhirió al recurso interpuesto por Urdangarin y apoyó su progresión al tercer grado con la condición, apro
El juez dice que siga con un programa de delincuencia económica
bada ahora por el juez, de que el penado mantuviera su actividad laboral y se sometiera a un programa de tratamiento de delincuencia económica.
La resolución judicial recoge que frente al acuerdo unánime de la Junta de Tratamiento del Centro Penitenciario de Brieva (Ávila) proponiendo la progresión al tercer grado del interno, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias dicta una resolución «carente de toda motivación, usando un mero formulario, que serviría para cualquier interno por la vaguedad de los términos empleados, infringiendo con ello las exigencias establecidas al efecto de forma reiterada tanto por el Tribunal Constitucional, como por el Tribunal Supremo».