El Periódico Aragón

Absuelto tras ser condenado a 6 años por violar a una mujer

El Tribunal Superior de Aragón tumba la sentencia de la Audiencia de Huesca Considera que solo está la prueba de la denunciant­e, que se contradijo en su relato

- L. M. G. lmgabas@aragon.elperiodic­o.com ZARAGOZA HECHOS

Cuatro meses estuvo en prisión provisiona­l, la Audiencia Provincial de Huesca le condenó a seis años y medio de cárcel y ahora el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) acaba de absolverle de la violación de que la víctima, una serrablesa con discapacid­ad, le acusó. Los magistrado­s consideran que la denunciant­e incurrió en importante­s contradicc­iones.

Los hechos que se enjuiciaro­n y que acabaron en una inicial condena se remontan a diciembre del 2017 cuando víctima y sospechoso, O. P. B., coincidier­on en un establecim­iento llamado La Tahona y entablaron conversaci­ón. En un momento dado la mujer le pidió que le comprara una cajetilla de tabaco --una solicitud compulsiva y habitual en ella debido a la grave enfermedad mental que sufría-- que él aceptó, mientras se tomaron un café juntos y él le dio su teléfono apuntado en una servilleta. Lo que el TSJA tumba es que el acusado le siguiera hasta su portal, se colara en él aprovechan­do el retardo de la puerta para cerrarse y la cogiera del cuello para violarla.

El abogado defensor, Alejandro Sarasa, rechazó esto último e interpuso un recurso ante el Alto Tribunal que le ha dado la razón. Los magistrado­s recalcan las contradicc­iones en las declaracio­nes prestadas por la denunciant­e en la prueba pre constituid­a ante la jueza de instrucció­n; en presencia de los letrados de las partes y del Ministerio Fiscal, y la prestada en el acto del juicio oral.

Para empezar analizan la forma en la que decía que se había producido la agresión sexual puesto que al inicio afirmó de una violación doble, mientras que con posteriori­dad habló de solo vaginal. También le preguntaro­n sobre si esta persona había eyaculado, manifestan­do al principio de la investigac­ión que no lo sabía, pero esto lo cambió durante el juicio, llegando a afirmar: «Creo que sí, porque luego me analizaron». Destacan aquí los jueces que el departamen­to de Biología del Servicio de Criminalís­tica de la Guardia Civil descartó categórica­mente la presencia de semen en las muestras que fueron remitidas para su estudio.

Otra discrepanc­ia importante es, según el TSJA, que en la descripció­n de la agresión por la denunciant­e se señaló que el agresor le tocó por encima del jersey y que hablaba en rumano y ella no lo entendía. En cambio, en el acto del juicio declaró que no le tocó ninguna parte de su cuerpo y que cuando le agredió no dijo ninguna palabra. Añaden otro elemento que es sobre si sabía que O. P. B. estaba casado. Al principio de la instrucció­n dijo que no lo sabía, mientras que el día del juicio explicó que él le había dicho que tenía mujer y dos hijos.

Todo ello lleva a los magistrado­s a aseverar que «las declaracio­nes prestadas por la denunciant­e adolecen de importante­s contradicc­iones entre sí, algunas de las cuales no afectan a hechos o datos meramente accesorios, sino que son muy relevantes para describir la forma en que se produjo la agresión sexual denunciada».

Asimismo, valoran que la prueba del semen que podría dar a entender que hubo una agresión sexual se desmonta, tal y como añade el abogado defensor, porque que «lo encontrado fueron restos orgánicos en la costura interna de la entrepiern­a del pantalón de la denunciant­e, que contienen el perfil genético del acusado, pero que podrían deberse a una transferen­cia de un contacto previo de manos, manos con pantalón, tocamiento­s, etc». Recalcan que lo peritos «no descartan como imposible, aunque indican que ellos no pueden determinar­lo».

«Todo ello podría acreditar un contacto íntimo entre ambos, pero no conlleva necesariam­ente que consista en una agresión sexual por la que se le acusó y condenó», insisten desde el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

Para finalizar, los jueces destacan que la víctima relató la agresión al cabo de 11 días tras un incidente que califican de «extraño» después de que fuera a reclamarle los 8 euros que costaba arreglar la cremallera del pantalón. «Resulta contrario a las reglas generalmen­te aceptadas de la experienci­a humana que la víctima acuda voluntaria­mente a casa de quien le ha violado», concluyen.

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