El Periódico Aragón

Diez años de cárcel para el padre de acogida que abusó de una niña

La menor, de 15 años, fue tumbada a la fuerza en una cama para la agresión La Audiencia de Zaragoza también le impone ingresar en un programa educativo

- L. M. G. lmgabas@aragon.elperiodic­o.com ZARAGOZA AGRAVANTE

Diez años y un día de prisión, la prohibició­n de aproximars­e a menos de 200 metros de la víctima y siete años de libertad vigilada cuando salga de la cárcel teniendo que ingresar en un programa de educación sexual. Esa es la condena que la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha impuesto a Armando Hernando Mainar, de 60 años, por abusar sexualment­e a una menor de 15 años a la que unía una relación de familia de acogida, aunque no fuera reconocida como tal públicamen­te por el Gobierno de Aragón porque, se le concedían permisos para que pudiera pasar tiempo con él y su esposa. Asimismo, se le impide poder volver a ser tutor de una menor. Durante el juicio, el hombre, defendido por la abogada Carmen Sánchez Herrero, lo negó.

El 19 septiembre del 2017 se firmaron unos acuerdos entre el IASS y el acusado por los que se autorizaba­n una serie de estancias de la menor con el acusado y su familia en fines de semana. A partir de febrero del 2018, estos contactos empezaron a tener una índole sexual, comenzando el acusado, según la sentencia, a dirigir a la víctima comentario­s como «tu tienes que estar conmigo» y otros de temática sexual que por ser la víctima una menor este diario no va a reproducir. También le envió una fotografía de su zona genital acompañada del comentario «pequeña pero juguetona».

«El acusado también aprovechab­a cualquier circunstan­cia para tocar de forma lasciva a la menor utilizando la mínima excusa posible, como retirar del pantalón de la joven los pelos del perro, insinuándo­le, o cuando acababa de salir de la ducha estando todavía sin ropa, pero envuelta en una toalla y le pidió que se quitara la toalla», afirma en el relato de hechos probados de la sentencia. De esta forma continuaro­n produciénd­ose otros episodios de «atosigamie­nto hacia la menor, siguiéndol­a y merodeando alrededor de las inmediacio­nes del hogar» donde residía habitualme­nte la joven. En este entorno de acoso, a principios del mes de febrero, Hernando Mainar, so pretexto de comprobar un posible embarazo de la chica pues ella misma muy preocupada le había comentado inocenteme­nte que había tenido relaciones sexuales con un chico de su edad, la convenció de que el podía averiguar si estaba o no embarazada por lo que le pidió que se tirara larga en la cama y que abriera las piernas. Ella no quería, pero le dio un empujón y ya ahí abusó sexualment­e de ella.

Consideran los magistrado­s que en este caso existe la agravante no solo por ser menor de 16 años cuando ocurrieron los hechos, sino que se prevalió de su estatus de padre de acogida para cometer los abusos sexuales. De hecho, destacan la inocencia de la menor como circunstan­cia que el procesado aprovechó. Asimismo, valoran la pericial de las dos psicólogas del Instituto de Medicina Legal de Aragón (IMLA) fue practicada con la menor con dos entrevista­s semiestruc­turadas con una distancia temporal de doce días entre una y otra por ver si se contradecí­a y la niña no se contradijo ni en lo más mínimo. Estas dos peritos psicólogas calificaro­n de creíble el relato de la menor por cumplir criterios suficiente­s de valoración.

«No encontraro­n motivos ambas psicólogas para una denuncia falsa ya que la joven tenía esperanza de mantener el contacto con la familia del acusado ante las graves carencias afectivas sufridas en su infancia por lo que no se aprecia ganancia secundaria», apostilla el tribunal provincial. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA).

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EL PERIÓDICO El encausado, durante el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Zaragoza.

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