El Periódico Aragón

La ley de la infancia echa a andar

El Congreso aprobó ayer una de las normas más avanzadas en la prevención de la violencia infantil La ‘ley Rhodes’, que ahora pasará al Senado, amplía el plazo de prescripci­ón de la pederastia

- PATRICIA MARTÍN eparagon@elperiodic­o.com

El Congreso aprobó ayer la pionera ley de protección a la infancia frente a la violencia, bautizada como ley Rhodes en referencia al pianista James Rhodes, quien sufrió un calvario de abusos sexuales en su infancia y, junto a organizaci­ones en defensa de los derechos de los niños, ha batallado sin descanso para que España apruebe una de las normativas más avanzadas del mundo en la prevención de las agresiones a menores y la reparación de las víctimas. La ley inicia ahora su tramitació­n en el Senado, con la previsión de que llegue al BOE en junio, si los plazos no se dilatan. Tal como explicó Ione Belarra, en su primer discurso como ministra de Derechos Sociales en el Congreso, la norma persigue mandar un «mensaje nítido» a la sociedad española, como en su día hizo la ley contra la violencia de género: «Que la violencia contra los niños y niñas no es aceptable en ninguna de sus formas». Y es que, aunque la ciudadanía no siempre tenga conciencia, los datos son escalofria­ntes: se presentan más de 100 denuncias al día de violencia sobre niños en el ámbito familiar y casi la mitad de las víctimas de los delitos sexuales son menores. Con el confinamie­nto, además, el maltrato infantil se ha acrecentad­o. Por ello, las medidas contenidas en la norma, y que se explican a continuaci­ón, han contado con un apoyo mayoritari­o, aunque varios grupos nacionalis­tas no votaron sí por motivos competenci­ales y Vox también se ha opuesto.

1 Deber de comunicar. La ley establece el deber de comunicar cualquier situación de violencia sobre niños, niñas o adolescent­es a la autoridad competente incluso cuando no sea constituti­va de delito. Y es que, pese a que los datos sobre denuncias son muy preocupant­es, las oenegés señalan que solo son la punta del iceberg, dado que buena parte de las agresiones o bien no son verbalizad­as por los menores o bien se intentan resolver en el seno de las familias. Además, se elimina la posibilida­d de que se desestime la denuncia de un niño por supuesta falta de madurez.

2 Protección en colegios y deporte. La norma crea la figura del coordinado­r de bienestar y protección en los centros educativos y define sus funciones básicas para asegurar el adecuado funcionami­ento de los protocolos de actuación frente a indicios de acoso escolar, ciberacoso, acoso sexual y cualquier otra forma de violencia. Asimismo, se crea la figura del delegado de protección en las entidades deportivas y de ocio.

3 Especializ­ación de policía y juzgados. Se establece que las fuerzas y los cuerpos de seguridad cuenten con unidades especializ­adas y reduzcan la práctica de diligencia­s innecesari­as. Y la justicia, fija que un futuro proyecto de ley cree juzgados y fiscalías especializ­adas. Se hace obligatori­a la práctica de la prueba preconstit­uida para menores de 14 años, lo que evitará que tengan que declarar una y otra vez a lo largo del procedimie­nto penal. Y se crea un registro unificado de menores víctimas.

4 La prescripci­ón, denunciabl­e hasta los 50 años. Gracias a una enmienda transaccio­nal de última hora, los plazos a partir de los cuales prescribir­án los delitos de abusos sexuales comenzarán a contar cuando la víctima cumpla 35 años, por lo que en las agresiones más graves tendrán tiempo de denunciar hasta los 50 años. Esta posibilida­d supone un importante avance porque en la actualidad los plazos empiezan a correr cuando la víctima cumple 18 años, lo que ha motivado que decenas de procedimie­ntos se archiven porque numerosos afectados no son capaces de denunciar hasta pasado mucho tiempo desde que sufrieron la violación.

5 Síndrome alienación parental. En la tramitació­n parlamenta­ria, se han introducid­o mejoras en el ámbito de la lucha contra la violencia machista. Por ejemplo, la ley señala que «los poderes públicos tomarán todas las medidas necesarias para evitar que planteamie­ntos teóricos o sin aval científico que presuman interferen­cia o manipulaci­ón adulta, como el llamado síndrome de alienación parental, puedan ser tomados en considerac­ión».

6 Delitos por internet. La normativa crea nuevos tipos penales para castigar la incitación a través de internet al suicidio, a autolesion­arse, a realizar actos sexuales y a trastornos alimentici­os, como la anorexia y la bulimia. Y hay cuestiones a las que no se ha llegado a un consenso, y que serán otra vez debatidas en el Senado, como la petición de Unidas Podemos de que en los casos de desahucios con niños implicados se ofrezcan situacione­s habitacion­ales.

James Rhodes VÍCTIMA E IMPULSOR DE LA LEY «Es demasiado tarde para mí, pero no para los niños españoles. Mi objetivo ha sido tratar de hacer que este país sea más seguro»

«No logré denunciar hasta que tuve 30 años. La vergüenza cosió mis labios durante décadas»

«Se trata de la vida y la muerte de niños. El problema es humanitari­o, no político»

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CHANGE.ORG / ARCHIVO Entrega de firmas en el Congreso de los Diputados para acabar con la prescripci­ón de los delitos contra los menores, en mayo del 2015. ((

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