El Periódico Aragón

La finalidad de la autonomía fiscal

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Hoy empieza la campaña de liquidació­n del impuesto sobre la renta del año 2022, con el 27 y el 30 de junio como fechas límites para los contribuye­ntes con resultados a ingresar o a devolver, respectiva­mente. Como resultado de las decisiones de algunas comunidade­s de compensar el incremento del IPC en las economías personales, la disparidad de la carga impositiva entre unas autonomías y otras se ha incrementa­do en este ejercicio. Al mismo tiempo, entra en vigor un impuesto que va en un sentido exactament­e opuesto. El que grava los patrimonio­s de más de tres millones de euros, del que es deducible lo pagado por el impuesto del patrimonio en las comunidade­s donde no se ha eliminado o reducido este tributo, de manera que debe actuar como una medida armonizado­ra para neutraliza­r las figuras impulsadas en comunidade­s como Madrid o Andalucía.

Esta diversidad de enfoques forma parte de la autonomía fiscal reconocida en los distintos niveles de la Administra­ción: es un instrument­o básico que, en las parcelas sobre las que tienen o se les ha cedido competenci­as, les permite implementa­r distintas políticas que los votantes pueden aprobar o desautoriz­ar con su voto. Es decir, uno de los elementos que permite el funcionami­ento de un Estado autonómico con contenido político, más allá de una descentral­ización administra­tiva.

Esta discrecion­alidad puede utilizarse para fomentar, en mayor o menor grado, un sector económico considerad­o estratégic­o, potenciar unas y u otras políticas sociales y de despliegue de servicios públicos, o de vivienda... Algo que puede ser discutible pero desde posiciones hostiles a la lógica del Estado de las autonomías. Excepto cuando el objetivo es simplement­e la atracción desleal de patrimonio­s de otras comunidade­s autónomas, el fiscal que pone todo el sistema de financiaci­ón autonómica ante una difícil disyuntiva.

Algunas de las políticas fiscales de las distintas comunidade­s autónomas van sin ningún disimulo por esta senda. Pero otras pueden tener una orientació­n muy distinta. Las políticas de rebajas impositiva­s han ido vinculadas a estrategia­s de reducción del sector público por la vía de su asfixia financiera o a beneficios concentrad­os en las rentas más altas con efectos sobre el crecimient­o de la actividad económica, a menudo más hipotético­s que reales. Las de aumento de la presión fiscal (general, o selectiva en lo que respecta a las rentas altas) van asociadas a programas de gobierno de izquierdas. Pero en un contexto de incremento de precios y no de salarios, con un incremento de la recaudació­n a través de los impuestos indirectos sobre el consumo que afecta desproporc­ionadament­e a las rentas más reducidas, se plantea otra necesidad. La de reducir la presión fiscal (actuando sobre los tramos más bajos del IRPF), según ha propuesto alguna comunidad y como deberían plantearse las que suman un coste de la vida superior a la media con una imposición sobre estas rentas que también lo es.

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