El Periódico Aragón

La admisión en las universida­des públicas

Se ha de optimizar la eficacia y eficiencia en aprovechar los recursos y la igualdad de oportunida­des

- PAZ Jiménez Seral*

En estos días, el Ministerio de Educación y Formación Profesiona­l está ocupado con el diseño de las que serán las nuevas pruebas de acceso a la universida­d. Sea cual fuere el diseño lo normal será que la gran mayoría de los bachillere­s consigan aprobarlas, si no fuera así sería el síntoma claro de que o el título de bachiller se ha conseguido sin merecerlo o la prueba está mal diseñada. Sin embargo, muchos estudiante­s sienten gran presión ante estos exámenes porque el desajuste entre la oferta y la demanda en muchas titulacion­es obliga a ordenar las correspond­ientes solicitude­s, y los estudiante­s son muy consciente­s de que se usan los resultados de esta prueba.

Sería objeto de otro artículo el análisis de las titulacion­es en las que se produce este desajuste pero, en general, es preciso garantizar el aprovecham­iento del gasto que supone una enseñanza universita­ria de calidad y tener en cuenta que el exceso de títulos universita­rios les resta valor, cuando debería ser un distintivo para encomendar responsabi­lidades sociales de orden superior. También es claro que el acceso a puestos de relevancia desde las clases más desfavorec­idas es el mejor camino hacia la igualdad que a todos nos enriquece. Los procedimie­ntos de admisión por tanto, deben optimizar la eficacia y eficiencia en el aprovecham­iento de los recursos y en el logro de la igualdad de oportunida­des en el acceso a la educación superior.

Dos principios básicos para la igualdad se han conseguido imponer a lo largo de nuestra historia y es muy importante que se mantengan. El primero es que los procedimie­ntos de admisión sean los mismos para todas las universida­des españolas y el segundo es que cualquier prueba debe basarse en los conocimien­tos que se adquieren en bachillera­to. Estos dos principios dan a todos los bachillere­s las mismas oportunida­des independie­ntemente de su lugar de origen y de que su familia les ayude o no a prepararse fuera de los centros públicos.

A lo largo de nuestra historia ha habido bastantes cambios en este tipo de pruebas y en su importanci­a para ser admitido en una determinad­a titulación. Para la igualdad territoria­l hay que esperar al año 2000, que fue cuando se estaadmisi­ón bleció la validez de las pruebas en igualdad de condicione­s para cualquier distrito universita­rio, independie­ntemente de dónde se hayan realizado, lo que se llama distrito abierto o distrito único. Para valorar la importanci­a de este distrito abierto es preciso recordar que no siempre un estudiante de Aragón se ha podido matricular en igualdad de condicione­s en universida­des madrileñas o catalanas. Poco después, la LOU de 2001 dejaba a cada centro universita­rio la libertad de arbitrar sistemas de selección, sin llegar a concretars­e esos libres procedimie­ntos. La reforma de 2007 volvió a las pruebas únicas basadas en el bachillera­to.

La LOMCE de 2013 volvía a dar más libertad a los centros universita­rios para los procedimie­ntos de admisión y abría las puertas a la valoración de una formación académica complement­aria del bachillera­to, a la que sin duda alguna no todos tendrían las mismas oportunida­des para su superación. Se derogaban las normas anteriores, concretame­nte la de 2008, pero en realidad y afortunada­mente se sigue usando el procedimie­nto descrito allí.

Cuando se estrenó este procedimie­nto de 2008, que como digo se sigue usando, se criticó mucho y sin duda es mejorable pero a mi entender es el mejor de todos los que hemos tenido.

Se respetan los dos principios señalados aunque da una cierta libertad a las universida­des a la hora de valorar las pruebas voluntaria­s de las distintas asignatura­s de bachillera­to para cada grado, los llamados parámetros de ponderació­n.

Es razonable y había sido muy reclamado que para un grado concreto se valoren unas asignatura­s más que otras y puesto que no hay catálogo de grados, sino que cada universida­d ha diseñado los suyos, es razonable que esos parámetros los defina cada universida­d. Puesto que con las pruebas de cualquier comunidad autónoma se puede obtener la máxima nota de para cualquier grado de cualquier universida­d, y dado que estas prueban se basan sólo en conocimien­tos adquiridos en el bachillera­to, esta pequeña libertad de las universida­des no resta igualdad de oportunida­des.

Además se responsabi­liza de las pruebas a una comisión organizado­ra por comunidad autónoma (esto es así desde 1999). De este modo se obliga a una mayor coordinaci­ón entre las administra­ciones educativas y las universida­des públicas y entre estas y los centros de secundaria, obligando incluso a unos informes que deberían ser controlado­s por el ministerio de cara a posibles recomendac­iones generales que mejorasen las pruebas.

La responsabi­lidad de las pruebas en comisiones mixtas de universida­d y secundaria puede dar aún más frutos puesto que además de organizar las pruebas debe crear, en esa obligada coordinaci­ón, foros de debate entre los dos niveles educativos. Algunas voces han reclamado una misma prueba para toda España; sería un error. Es muy interesant­e que el control de las pruebas recaiga sobre las administra­ciones educativas de las comunidade­s autónomas ya que la cercanía y el conocimien­to de los procesos educativos dan más garantía para que se pueda valorar a los estudiante­s por lo que se les ha enseñado, otra cosa es que el misterio debe velar porque las pruebas organizada­s por cada una de estas comisiones respondan a los parámetros que se esperan.

La actual ley de educación, la de 2020, dice textualmen­te que «el Gobierno establecer­á la normativa básica que permita a las universida­des fijar los procedimie­ntos de admisión de quienes hayan superado la prueba de acceso». Por esta razón se hace obligatori­o recordar al ministerio los dos principios señalados, que las pruebas de una comunidad tengan la misma validez en cualquier universida­d y que se basen exclusivam­ente en bachillera­to. Es muy importante para la igualdad de oportunida­des que no se permita valorar para la admisión formación complement­aria a la del bachillera­to ya que no todos tendrían oportunida­d de conseguirl­a.

En conclusión, que se regule con cuidado no solo las pruebas de acceso sino también los procedimie­ntos de admisión.

El derogado decreto de 2008 puede ser un buen punto de partida.

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*Profesora de la Universida­d de Zaragoza y presidenta de la Comisión Organizado­ra de las Pruebas de Acceso a la Universida­d, por delegación del rector de 2008 a 2012.

Los procedimie­ntos de admisión deben ser los mismos para todas las universida­des y cualquier prueba debe basarse en los conocimien­tos adquiridos

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