El Periódico Aragón

El Banco de España multa con 5 millones de euros a Ibercaja

- EUROPA PRESS

El Banco de España ha impuesto una multa de cinco millones de euros por una infracción «grave», según la informació­n que el supervisor publicó ayer en su página web. En concreto, la infracción consiste en la remisión «inexacta» de la informació­n que debe reportar al Banco de España sobre los tipos de interés de los préstamos al sector privado residente en el país.

La sanción se impuso el 25 de abril de 2022, pero hasta ahora no había sido publicada. Es firme en vía administra­tiva, aunque ha sido judicialme­nte recurrida por el banco. Las normas aplicadas han sido la ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisió­n y solvencia de entidades de crédito, la orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparen­cia y protección del cliente de servicios bancarios, la norma octava de la circular del Banco de España 8/1990, y la circular del supervisor 5/2012.

Desde Ibercaja explican que se trata de un «error operaciona­l», al calcularse mal la Tasa

La entidad aragonesa recurrirá la sentencia por «desproporc­ionada»

Anual Equivalent­e (TAE) aplicada a unas operacione­s crediticia­s. Esta tasa refleja el coste efectivo de la hipoteca, incluyendo el tipo de interés, pero también los gastos y comisiones bancarias.

De esta forma, el recurso presentado por la entidad ante la Sala de lo Contencios­o-Administra­tivo de la Audiencia Nacional no se dirige contra el motivo de la sanción, sino contra el importe de la multa, que sería elevado frente al perjuicio causado a los clientes por este error. Apuntan desde la entidad bancaria aragonesa que «el perjuicio económico es muy reducido», y que por ese motivo se recurrirá la sentencia.

Hace apenas un mes, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) sancionó con 100.000 euros a Ibercaja por utilizar los datos de una familia, incluyendo a menores, para abrir cuentas bancarias sin permiso en la tramitació­n de una herencia tras la reclamació­n interpuest­a en marzo de 2021 por infringir el artículo 6.1 y 83.5 del Reglamento General de Protección de Datos.

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