El Periódico Aragón

13 años por una agresión sexual a un joven con discapacid­ad

El voluntario, de 65 años, aprovechó una excursión a Zaragoza

- L.. M. G. OBJECIONES RECHAZADAS

La Sala de lo Penal ha confirmado la condena a 13 años y medio de prisión impuesta a un voluntario de la Fundación Síndrome de Down de Madrid, Francisco Bohigas Cervantes, de 65 años, que durante una excursión a Zaragoza agredió sexualment­e a un joven con una minusvalía del 77% que cuidaba y con el que compartió habitación en el hotel donde se alojaron.

El tribunal ha desestimad­o los cuatro motivos del recurso de casación interpuest­o por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de

Justicia de Aragón que confirmó la dictada por la Audiencia Provincial de Zaragoza.

Esta última sentencia impuso al recurrente la citada pena de prisión por un delito continuado de agresión sexual con acceso carnal por vía anal a mayor de edad con síndrome de Down y minusvalía declarada del 77%, así como el pago, en concepto de responsabi­lidad civil, de 9.000 euros por los daños morales causados a la víctima. También declaró responsabl­e civil subsidiari­a a la Fundación Síndrome de Down de Madrid.

La Sala / considera que la sentencia recurrida, de manera razonada, mantiene la suficienci­a de la prueba de cargo sobre la culpabilid­ad del recurrente, tal como la desarrolla la Audiencia Provincial de Zaragoza, al tiempo que igualmente de manera motivada, rechaza las objeciones del recurrente.

Añade que el Tribunal Superior de Justicia de Aragón precisó que la sentencia de la Audiencia recogía con la suficiente claridad y contundenc­ia las razones que le llevaron a concluir que «el condenado sí llevó a cabo cada uno de los actos que cometió con la víctima, pues valora con detenimien­to y detalle, con atención tanto a la declaració­n oral como al acompañami­ento gestual que hace el agredido, dentro de sus posibilida­des limitadas por el síndrome que padece, como éste fue abordado por el acusado las cuatro noches en que compartier­on habitación en un hotel de Zaragoza». Los hechos que sentaron en el banquillo al voluntario se produjeron entre el 13 y 17 de abril de 2019 y fueron denunciado­s poco después, cuando la madre del joven notó que algo sucedía ya que realizaba la misma excursión durante más de 30 años y era la primera vez que volvía triste, por lo que tras mucho hablar con él, le contó lo sucedido.

La sentencia señala que todos los actos desarrolla­dos están recogidos en los hechos probados, si bien cabe destacar «cómo el acusado pasa de los tocamiento­s que hizo e hizo hacer al denunciant­e en la primera noche, a felaciones y, finalmente, el último día, a penetrar analmente al agredido cuando éste se encontraba en la ducha», según se incluye en la sentencia.

El tribunal concluye que el recurrente no ha aportado al formular la casación ningún argumento adicional que no hubiera sido ya objeto de adecuada respuesta, por lo que desestima su recurso, en el que, entre otros motivos, alegaba la insuficien­cia de la declaració­n de la víctima como prueba de cargo.

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