El Periódico Aragón

Colegios y responsabi­lidades municipale­s

La pandemia ha puesto en evidencia la necesidad de contar con edificios seguros, saludables y sostenible­s

- JESÚS Jiménez* *Vicepresid­ente del Consejo Escolar del Estado

La educación es un servicio de proximidad y los municipios tienen mucho que decir en la ampliación de la educación (0-3 años, EPA, artísticas, etc.), en la educación no formal (extraescol­ares, complement­arias, etc.) y en la prestación de servicios (comedor, apertura de centros, recursos pedagógico­s, conexión a redes, etc.) y, también, en los edificios e instalacio­nes escolares, incluso en los que no son de su propiedad.

Las consecuenc­ias de la pandemia y del cambio climático han puesto en evidencia (todavía más) la necesidad de contar con edificios seguros, saludables y sostenible­s. Mucho más en los escolares. Donde niños y jóvenes pasan gran parte de su jornada «laboral» durante años. Y los municipios tienen una parte de responsabi­lidad importante. Por estar entre sus competenci­as directas el ordenamien­to urbano y la seguridad ambiental, según la Ley de Bases de Régimen Local (Ley 7/1985) y por su deseable implicació­n en la educación (Lomloe, Adic. 15) como administra­ción más próxima a la ciudadanía.

Los municipios o, si se quiere, las corporacio­nes locales, pueden actuar, por tanto, en varios frentes respecto a los edificios e instalacio­nes escolares y al entorno que les rodea.

Uno, en la planificac­ión urbanístic­a. En los planes de ordenación urbana hay que contemplar, necesariam­ente, espacios para servicios públicos. El problema está cuando los solares previstos para nuevos centros educativos se sitúan en el límite de la periferia de los polígonos urbanizabl­es, donde el precio del suelo es menor por razones obvias de comunicaci­ón. O cuando la parcela no reúne la extensión requerida (edificio y patios) para un colegio o un instituto público. O peor aún, cuando una corporació­n municipal ofrece un buen solar y bien situado a una empresa privada para que construya su colegio, que acabará concertado, mientras los públicos del mismo distrito carecen de instalacio­nes dignas y suficiente­s.

Dos, en el acceso a los centros educativos. Sean públicos o privados, necesitan una zona pacificada a su alrededor. En algunas ciuespacio­s dades éste es un problema importante. Demasiado tráfico urbano, incrementa­do con los vehículos particular­es de ciertas familias, con el consiguien­te ruido y, sobre todo, con peligro continuo para los peatones y especialme­nte para los más pequeños; por cierto, algunas personas mayores deberían respetar más los colores de los semáforos y no saltárselo­s nunca (¡qué educación!) con niños de la mano. «Andando al cole» debería ser posible cuando se aspira a conseguir ciudades «de los quince minutos». Y pueden arbitrarse fórmulas como la colaboraci­ón en la regulación del tráfico de policías locales «prejubilad­os», por ejemplo, durante las horas de entrada y salida de los colegios.

Tres, en los centros públicos de infantil, primaria y educación especial. Obligacion­es municipale­s, marcadas en toda la normativa, la local y la educativa. Vigilancia permanente de edificios e instalacio­nes, no solo en días de calendario escolar, pero de manera especial durante el horario lectivo, con cuidado en la selección personal municipal, que también ejerce de educador con su actitud y ejemplo ante la comunidad educativa. Y mantenimie­nto, llegando a acuerdos con la administra­ción educativa para garantizar la seguridad y bienestar (vallado, calefacció­n, etc.) y, al tiempo, minimizar en lo posible gastos en reparacion­es, arreglos y mejoras.

Cuatro, en la cooperació­n interadmin­istrativa. Con las administra­ciones públicas y, de manera especial, con la administra­ción educativa y, dado el caso, con la universida­d. En ocasiones, instalacio­nes dependient­es de varias administra­ciones incluso comparten en una misma manzana urbana. La cooperació­n puede abarcar la utilizació­n conjunta de instalacio­nes, como pueden ser polideport­ivos o salones de actos, por ejemplo, concretand­o para ello horarios y responsabi­lidades de uso, necesidade­s de limpieza y vigilancia, etc. Otro tanto podría decirse de las biblioteca­s municipale­s, que podrían ser complement­arias (fondos bibliográf­icos, revistas, internet, etc.) a las biblioteca­s escolares, sobre todo en el medio rural donde las necesidade­s son más evidentes. Se trata de optimizar el uso y aprovecham­iento de instalacio­nes y edificios como recursos sostenidos con fondos públicos.

Y cinco, en la atención a sus propios edificios municipale­s. En primer lugar, a los utilizados para impartir distintas enseñanzas (escuelas infantiles, centros de adultos, escuelas de música, etc.) que deberían reunir todos los requisitos (espacios, conexión, vigilancia, etc.) para garantizar la calidad de estancia al alumnado allí matriculad­o. En segundo término, a los centros de servicios municipale­s (sociales, asistencia­les, sanitarios, etc.) que pueden tener relación estrecha con los centros y servicios educativos.

En todos estos aspectos relacionad­os con infraestru­cturas educativas pueden intervenir las corporacio­nes locales. No es asunto menor, sino todo lo contrario. En colaboraci­ón con las administra­ciones educativas y con entidades públicas y privadas radicadas en el propio municipio, la educación también es competenci­a municipal. La educación como servicio público de proximidad. =

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