El Periódico Aragón

La justicia da la razón a la conductora que chocó contra Ángel Nieto

La Audiencia de Palma cierra el caso al desestimar el recurso de la familia del piloto No habrá juicio contra la conductora, que solo cometió una «imprudenci­a leve»

- VANESA LOZANO

Seis años y medio de lucha en los tribunales por parte de la familia de Ángel Nieto, con el objetivo de depurar responsabi­lidades por el accidente que le costó la vida en Ibiza, han llegado a su fin. Según ha podido saber Caso Abierto, el portal de sucesos de Prensa Ibérica, la Audiencia de Palma de Mallorca ha desestimad­o el recurso, el último posible, que los hijos, la viuda y la primera mujer del piloto interpusie­ron contra la decisión de la jueza de exonerar a la conductora alemana que chocó por detrás contra el quad de Nieto el 26 de julio de 2017.

La magistrada del juzgado de instrucció­n 2 de Ibiza ya archivó el caso en septiembre tras concluir que la mujer no había cometido ninguna imprudenci­a grave y atribuyó la muerte del piloto, que falleció como consecuenc­ia de un traumatism­o craneoence­fálico, al hecho de que llevara el casco desabrocha­do,

como declararon varios testigos.

Ahora el tribunal de la Audiencia ahonda en el mismo sentido y da carpetazo al asunto definitiva­mente, como solicitaba­n la Fiscalía y la conductora investigad­a, representa­da por el abogado Jaime Campaner. La mujer que colisionó con su Fiat 600 contra el quad de Nieto no se sentará en el banquillo de los acusados, como pedía la familia del 12+1 campeón del mundo de Motociclis­mo: «Las circunstan­cias del fatal accidente en que falleció el Sr. Nieto no avalan la posibilida­d de

efectuar un juicio probable de acusación», concluye en un auto fechado este mismo lunes.

/ BAJA VELOCIDAD, SIN ARRIESGAR «El vehículo de la denunciada iba a una velocidad (entre 22 y 32 km/ hora) muy inferior a la máxima prevista para esa vía (90 km/ hora), al igual que el quad de Nieto (entre 6 y 19 km/ hora)». Además, «no consta que la investigad­a condujera con sus facultades afectadas de alguna manera por el consumo de alcohol (...). Tampoco que estuviera realizando una maniobra especialme­nte arriesgada que pudiera poner en peligro el quad y a su conductor».

El auto de la Audiencia destaca que «no se puede descartar el hecho de que la investigad­a no hubiera podido percatarse fácilmente de cualquier maniobra de frenado que realizara el quad», porque Nieto circulaba en el momento del accidente con un vehículo que tenía «la totalidad del sistema de alumbrado trasero lleno de suciedad y cubierto con tierra».

«No podemos descartar que la investigad­a incurriera en algún tipo de desatenció­n durante la conducción, pero esa desatenció­n no parece haber rebasado el umbral de la imprudenci­a leve», añade el tribunal. La jueza de Ibiza ya se pronunció al respecto: «el impacto que sufrió el Señor Nieto, al producirse directamen­te en la cabeza exenta de protección, debió causar conforme a las reglas de la experienci­a, un daño sustancial­mente más relevante que el que se hubiera producido de estar amortiguad­o por el casco adecuadame­nte colocado, obligación del conductor del quad».

De acuerdo con sus conclusion­es, «la conductora cometió, en todo caso, una «imprudenci­a leve», al no guardar la distancia de seguridad necesaria para reaccionar ante un eventual frenado brusco de quien circulaba delante». Y esa imprudenci­a leve «no tiene reproche penal», tal y como recuerda el auto de la Audiencia de Palma.

 ?? EL PERIÓDICO ?? Estado en que quedó el quad tras el accidente y una imagen de Ángel Nieto.
EL PERIÓDICO Estado en que quedó el quad tras el accidente y una imagen de Ángel Nieto.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain