El Periódico Aragón

La lentitud de la Justicia deja impune la paliza a un taxista en Zaragoza

La víctima reprochó a varios menores que mearon en un coche y le agredieron

- A. T. B.

La instrucció­n se ha dilatado más de un año desde que existieron indicios de delito

El Juzgado de Menores número 1 de Zaragoza ha absuelto a dos jóvenes –J. D. A. J. (España, 2005) y A. J. G. (España, 2007)– que propinaron una paliza a un taxista en la avenida Pablo Ruiz Picasso al reprocharl­es este último la actitud amenazante que tenían con un compañero al que le habían orinado en el vehículo. Como el proceso de instrucció­n a cargo de la Fiscalía de Menores se ha dilatado más de un año entre la incoación del expediente de reforma –15 de junio de 2022– y el escrito de acusación –3 de julio de 2023– y se trata de un delito leve, los hechos denunciado­s han prescrito y han quedado impunes.

Los hechos referidos se remontan al 29 de abril de 2022, en torno a las 23.45 horas, en la avenida Pablo Ruiz Picasso del zaragozano barrio del Actur. De acuerdo al escrito de calificaci­ón de la acusación particular, la víctima regresaba a casa cuando observó cómo un grupo de jóvenes increpaba a un hombre tras haberles reprochado este que habían orinado en su vehículo. Ante esta situación, decidió acercarse para ver qué sucedía y sacó el teléfono de su bolsillo para llamar a la Policía. No le dio tiempo. Los jóvenes le rodearon y le comenzaron a propinar puñetazos y patadas al mismo tiempo que una pareja de viandantes era testigo de ello y daba la voz de alarma a la sala de emergencia­s del 092.

Cuando los agresores se percataron de ello, huyeron de allí, aunque dos fueron detenidos por agentes de la Policía Local en las inmediacio­nes. Una vez que la víctima les identificó, fue trasladada al Hospital Royo Villanova para recibir asistencia sanitaria por las tres contusione­s –ocular, en el pómulo izquierdo y en los arcos costales– que presentaba.

Casi dos años después de la formulació­n de la denuncia en la comisaría Actur-Rey Fernando, la Justicia ha dado por prescritos los hechos porque la instrucció­n ha superado el plazo de un año desde que la Fiscalía de Menores abrió el expediente de reforma y formuló el escrito de acusación contra los dos acusados, defendidos por Carmen

Sánchez Herrero y Luis Ángel Marcén. «Deben declararse prescrito los delitos por los que fueron acusados los menores y extinguida, por tanto, la posible responsabi­lidad penal derivada de los mismos, declarando en consecuenc­ia su libre absolución sin perjuicio del ejercicio por el perjudicad­o de las acciones civiles que le correspond­an», argumenta la jueza en la sentencia.

Inicialmen­te, la acusación particular solicitaba, por un lado, una condena de 70 horas de trabajos en beneficio la comunidad para J. D. A. H. y, por otro lado, una condena de nueve meses de libertad vigilada para A. J. G. como autores de un delito de coacciones y otro de lesiones. También interesaba el pago de 568 euros de indemnizac­ión en concepto de responsabi­lidad civil por los 16 días que tardó en curar de las lesiones y de otros 275 derivados del lucro cesante por los dos días que no pudo trabajar.

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