El Periódico Aragón

23 años por asesinar a su amigo con un extintor en Calatayud

También le retiró la tarjeta de crédito, con la que extrajo 1.310 € en los días siguientes

- A. T. B. ZARAGOZA

Indemnizar­á con 90.000 € a la madre de la víctima y otro tanto a los tres hermanos

Juan Andrés Gilgado León (España, 1985) ha sido condenado a 23 años de cárcel por asesinar el 13 de agosto de 2022 a un amigo –José Carlos Pascual Valtueña (España, 1971)– al que golpeó más de 30 veces con un extintor en el pub Blue Lion de Calatayud, robarle la tarjeta de crédito y retirar 1.310 euros una vez que le dio muerte. De la condena que ha firmado el presidente del tribunal del jurado, el magistrado José Ruiz Ramo, 21 años correspond­en al delito de asesinato y otros dos al de estafa, por la extracción de dinero con tarjeta ajena. El criminal también deberá indemnizar a los familiares de la víctima con el pago de 180.000 euros, a 90.000 destinados a la madre y 30.000 a cada uno de los tres hermanos.

El pasado 26 de febrero, un jurado popular consideró probado por unanimidad que Gilgado León atacó de forma «sorpresiva», «repentina» e «inesperada» a la víctima y aumentó «deliberada», «innecesari­a» e «inhumaname­nte» su dolor con la intención de facilitar la comisión de un segundo delito: el robo de la tarjeta bancaria. Tampoco tuvieron ninguna duda de que el ahora condenado confesó el crimen en dependenci­as policiales 48 horas después de haber manchado sus manos de sangre, aunque apostillar­on que, en el juicio, «modificó» su declaració­n porque alegó un estado de amnesia total desde tres días antes del asesinato.

/ RAZONAMIEN­TO DEL JUEZ Quedó entonces la aplicación de la eximente de confesión a interpreta­ción del presidente del tribunal, que sí considera que concurre en los actos protagoniz­ados por Gilgado León. «La atenuante de confesión concurre a la vista de que los jurados afirmaron con rotundidad que dicha confesión fue fundamenta­l para descubrir el cuerpo de la víctima por los agentes, a los que acompañó al almacén del pub», recoge el fallo. «Entendemos que la manifestac­ión en el plenario del acusado de que no recordaba nada de lo sucedido no empaña la aplicación de la atenuante de confesión, al menos, con carácter analógico», justifica.

Los hechos referidos se remontan a la madrugada del 13 de agosto de 2022, en torno a las 3.30 horas. Ambos accedieron al pub del que era propietari­o el asesinado –por entonces se encontraba cerrado al público– y, en un momento dado, el procesado cogió un extintor y le golpeó en la cabeza. Ya en el suelo, se ensañó con la víctima al mismo tiempo que le retiró su tarjeta bancaria y se la mostraba para obtener el número PIN. Cuando lo consiguió, le remató con un nuevo golpe y abandonó el establecim­iento al que regresó continuame­nte durante los días siguientes hasta que decidió confesar el crimen en la comisaría. Todos sus movimiento­s en el

interior del pub fueron captados por las cámaras de videovigil­ancia allí instaladas, de las que se sirvieron los investigad­ores.

Tanto el ministerio fiscal como la acusación particular a cargo de Juan Martín Calvente habían solicitado una pena de 25 años de cárcel por el delito de asesinato y otros cinco años de prisión por el delito de estafa agravada. La defensa ejercida por José Luis Melguizo, por su parte, interesó una condena de 20 años y un día de cárcel por el asesinato y otros 21 meses de prisión por la estafa. Contra el fallo todavía cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA).

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JAIME GALINDO Juan Andrés Gilgado León, en la Audiencia Provincial de Zaragoza.

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