Amnistía y memoria histórica
La realidad jurídica la marcan leyes que toleran y olvidan graves delitos y convierten en terrorismo asuntos menores
La amnistía es un ejercicio de amnesia u olvido. Todas las constituciones democráticas incluyen esta opción. Por lo tanto, el Estado, ante situaciones excepcionales, está facultado para suspender la ley e ir más allá de sí mismo. Quizás por ser consciente de los excesos a los que tiende. En efecto, la supresión o borrado de ciertos delitos, supone el reconocimiento de que algo de la rutina jurídica impide el buen funcionamiento de la vida colectiva, así que es necesario un ejercicio de olvido. Dicho de otro modo, con la amnistía se reconoce que la ley es injusta en el sentido de que no termina de ajustarse a la realidad. Con las leyes científicas, por cierto, ocurre lo mismo. En ambos casos se trata de reconocer, con modestia, que las leyes van tras una realidad a la que es imposible hacer justicia. La actitud científica y jurídica más acorde respecto a este desfase es reconocer la limitación de las leyes. Quienes creen a pies juntillas que la realidad ha de plegarse a ellas no saben que no saben.
Algo parecido ocurre con un fenómeno solo aparentemente contrario. El ejercicio de memoria, recuerdo o anamnesis de cosas terribles que los ordenamientos jurídicos pretendieron hacer olvidar. Es lo que sucede con las leyes de punto final, un acto de desmemoria respecto a asesinatos y desapariciones realizados en dictaduras con el que sus ejecutores se garantizaron la impunidad en los procesos posteriores de transición a la democracia. En Argentina se reparó esa injusticia o falta de ajuste democrático de tales leyes encausando a los altos cargos de las juntas militares, mientras que en España la ley de Memoria Histórica simplemente ha intentado rescatar del olvido a las víctimas.
Juntemos todo. Por un lado, están quienes impulsan el olvido de delitos mayores, como el genocidio, convirtiéndolo así en algo menor, a la vez que se resisten a la amnesia respecto a delitos menores, como la desobediencia, transformado en un asunto muy grave a base de retorcer las leyes. Por otro lado, están quienes pretenden hacer memoria de los primeros delitos y olvidar los segundos. La diferencia está en la gravedad real de lo que unos quieren amnistiar y los otros no. Mientras los primeros son benévolos con el terror real y malévolos con acciones de protesta que la ingeniería jurídica convierte en actos terroristas, los segundos quitan malicia a quienes simplemente desobedecen a la vez que resaltan la maldad de quienes provocan muertes, torturas y desapariciones.
La realidad jurídica está pues realmente constituida por la ida y venida de leyes que toleran y luego olvidan graves delitos a la vez que convierten en terrorismo cosas menores que se resisten a olvidar. Frente a esta realidad jurídica hay otra, de carácter político, que se propone rescatar del olvido legal hechos muy graves y desmontar la gravedad penal de asuntos menores para pasar a olvidarlos. Hoy, en España, los jueces son garantes de la realidad jurídica, mientras que los parlamentos salvaguardan la realidad política. Ese desencuentro entre jueces y parlamentos es expresión del enfrentamiento, aún mayor, entre una pulsión autoritaria y otra democrática. Ambas influencias modelan la vida de cualquier sociedad, muy especialmente la española.
Aunque hace ya más de un siglo Machado aseguraba que en España la pulsión autoritaria agonizaba a la par que la democrática comenzaba a despertar, lo cierto es que todavía hoy estamos en ese impasse, quizás insuperable. Por eso la advertencia al españolito que viene al mundo de que una de las dos Españas iba a helarle el corazón sigue estando absolutamente justificada.
N
El desencuentro entre jueces y parlamentos expresa el choque entre una pulsión autoritaria y otra democrática
José Ángel Bergua es catedrático de Sociología en la Universidad de Zaragoza