El `no-contrato' increíble
Una amiga me habló de una oferta que le habían hecho desde el SEPE: un puesto de administrativo temporal en la Administración. Yo le llamo el no-contrato increíble. Oficialmente se llama trabajo temporal de colaboración social. Son trabajos que la Administración ofrece a las personas que están cobrando prestación. Deben ser trabajos temporales, de utilidad social, que se adapten a las aptitudes de la persona desempleada y que no le supongan cambios de residencia. La persona que recibe esta oferta, si es seleccionada, está obligada a aceptarla bajo pena de perder el subsidio. Pero, ¿por qué alguien rechazaría semejante perita en dulce?
Se trata de un contrato ex lege: no implica una relación laboral entre el trabajador y la Administración para la que trabaja: mientras esté trabajando, seguirá consumiendo paro y seguirá sin cotizar para su jubilación. Además, el sueldo que percibirá completará su subsidio hasta igualarlo con el importe de la base reguladora de la prestación que esté percibiendo. Es decir, un mismo puesto tendrá sueldos diferentes según quién lo ocupe y no según los requerimientos del mismo. Este contrato existe desde 1982 y ha reaparecido cuando el paro ataca con saña. Asumo que la intención de la Administración es cubrir puestos de trabajo pagando lo menos posible con personas en apuros en lugar de contratar y pagar justamente, porque este tipo de no-contrato se ceba con las personas que menos base reguladora tienen porque son más baratas y, además, limita sus posibilidades de buscar activamente empleo, ya que ocupan su tiempo en trabajar en un puesto que no lo es.