Justicia quiere excluir la cultura del delito de libertad de expresión
El Ejecutivo apuesta por castigar solo con penas disuasorias las conductas que alteren el orden público tras la sentencia contra Hasél
El Ministerio de Justicia planteará una revisión de los delitos relacionados con «excesos» en el ejercicio de la libertad de expresión para que solo se castiguen conductas que sean «claramente» un riesgo para el orden público o la provocación de algún tipo de conducta violenta, con penas disuasorias, pero no privativas de libertad.
El Gobierno informó de que llevará adelante esta propuesta después de que la Audiencia Nacional ordenara el ingreso en prisión del rapero Pablo Hasél para cumplir una condena de nueve meses de prisión por enaltecimiento de terrorismo e injurias a la monarquía.
En la propuesta se contemplará que «aquellos excesos verbales que se cometieran en el contexto de manifestaciones artísticas, culturales o intelectuales» permanezcan «al margen del castigo penal», informó Moncloa.
En este sentido, el Gobierno defendió que «el derecho penal ni es la herramienta más útil, ni es necesaria, ni es desde luego proporcionada para responder a comportamientos que, aun pudiendo rozar la ilicitud, su castigo penal supondría un desaliento para la libertad de expresión, tal y como han declarado el Tribunal Constitucional, el
Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la Unión europea y la mayor parte de la doctrina española».
Hasél fue condenado en 2014 a dos años de cárcel por enaltecer en sus canciones el terrorismo de ETA, los Grapo, Terra Lliure o Al Qaeda, pero la Audiencia decidió en septiembre de 2019 dejar en suspenso su ejecución durante tres años. En 2018 volvió a ser juzgado por el mismo delito y otro de injurias a la monarquía y a las fuerzas de seguridad. Aunque en un principio se le condenó a dos de años de prisión, la Audiencia rebajó la pena a nueve meses de cárcel, que en junio ratificó el Supremo.