Un juez sentencia que un despido por covid es «estigmatizante»
El fallo judicial ve agravante cesar a un empleado por el miedo al contagio, lo declara nulo y fija una indemnización de 6.251 euros
Sentencia pionera en Catalunya que dictamina que el despido de un trabajador por enfermar de coronavirus tiene el agravante de ser «estigmatizante». El Juzgado de lo Social número 1 de Mataró obligó a readmitir a un empleado que contrajo covid y que dos días después fue cesado por ello. Según hizo público ayer el bufete de abogados Col·lectiu Ronda, la magistrada ha considerado acreditada una vulneración de los derechos fundamentales, ha dictaminado nulo el cese y ha condenado a la empresa a abonar al trabajador un total de 6.251 euros como compensación; además de los salarios de tramitación (2.632,6 euros).
Ser despedido en España por contraer una enfermedad es ilegal y si dicha enfermedad es el coronavirus, dicha mala praxis empresarial tiene el carácter de estigmatizante para con el despedido. «No se ha despedido al trabajador por el mero hecho de encontrarse en situación de IT [Incapacidad Temporal], ni por la mayor o menor duración del periodo de cuarentena, el verdadero motivo del despido es el hecho que el actor [...] era sospechoso de portar una enfermedad infecciosa y altamente contagiosa», tal como determina la jueza titular del número 6 de lo social de Mataró. «Y esta circunstancia se puede equiparar a la de enfermedad estigmatizante», añade.
Los hechos se remontan al 25 marzo de 2020, pocos días después de que el Gobierno declarase el primer estado de alarma por la emergencia del coronavirus. Fue ese día cuando el trabajador demandante causó baja por incapacidad temporal, debido a estar enfermo. Enfermedad que fue diagnosticada como coronavirus. Dos días después, la empresa le comunicaba su despido, sin justificación de ningún tipo; según recoge el texto de la sentencia. Los representantes de la compañía no se personaron en el juicio y no justificaron en ningún momento el cese ni dieron argumento alternativo a la discriminación.
La consideración de enfermedad estigmatizante confiere una mayor protección a los trabajadores afectados por la misma, pues, por ejemplo, sobre dicho supuesto la jurisprudencia europea dictamina la nulidad del despido.
El trabajador fue despedido dos días después de comunicar a la empresa que tenía coronavirus