El cerco al fraude del IVA del comercio extracomunitario se estrecha aún más
Empieza el periodo de adaptación para anular la exención del impuesto a los paquetes de menos de 22 € e implantar el despacho centralizado europeo
Este lunes, 15 de febrero, se inicia el periodo de adaptación técnica para acabar con la exención del IVA para envíos extracomunitarios de menos de 22 euros, que será realidad a partir del 1 julio, seis meses después de lo previsto. A partir de ese momento, los marketplaces o plataformas registradas habilitadas cobrarán el IVA al consumidor y cada país remitirá la liquidación a cada estado de residencia del comprador.
La medida, que empieza con un periodo en el que las empresas deberán adaptar sus rutinas administrativas e informáticas, supondrá para la UE la captación anual de 50.000 millones de euros extra al aflorar gran parte del fraude transfronterizo. Esa es la cifra que la Comisión Europea calculó en su momento por concepto del IVA de productos de 22 euros que no se declara y por la falsificación de facturas en origen. Según la subdirectora general de Gestión Aduanera, Nerea Rodríguez, la puesta en marcha del sistema equilibrará en parte las condiciones de venta del comercio en España con los productos procedentes de Asia: «Pondrá en una situación equivalente la compra de productos en Asia o en España. Al final, las plataformas se asegurarán de ingresar del IVA. No habrá diferencias entre si la mercancía está en España u otro país».
Productos asiáticos más caros
Rodríguez prevé también que los precios de esos productos importados aumentarán por la aplicación de IVA a la totalidad de su precio de compra. El impacto será incluso mayor para las arcas españolas, ya que los españoles son hoy los principales compradores europeos del gigante asiático Aliexpress, por ejemplo.
La responsable de Aduanas reconoce que el tráfico postal por el comercio electrónico se ha disparado. «El pasado año aumentó al menos el 50%», asegura, una tendencia que se agudizó al estallar la pandemia de coronavirus pero que ya se venía percibiendo en años anteriores, especialmente en paquetería y pequeños envíos, «lo que obligó en su momento a un cambio de normativa aduanera».
Sin embargo, el boom del comercio electrónico y del transfronterizo no ha sido proporcional al incremento de recursos de control aduanero. Se sigue funcionando mediante campañas de control aleatorio y es imposible supervisar si un producto cuya factura indica que ha costado menos de 22 euros efectivamente se corresponde con la realidad.
En el nuevo sistema, serán Amazon, Aliexpress u otras plataformas las que supervisarán esa facturación y cobrarán el IVA al comprador para posteriormente ser abonado al estado en el que resida el cliente. Todavía es una incógnita saber si esas plataformas de compraventa aceptarán ese rol mediante su inclusión en el registro pertinente y la asignación del Import One Stop Shop (IOSS) o código identificativo de empresa capaz de gestionar el impuesto. En caso de comprar a un intermediario sin ese IOSS, el consumidor deberá pagar el impuesto personalmente para recibir el producto (por ejemplo en Correos o telemáticamente).
Fraude generalizado
La reforma significará poner fin a un fraude de grandes dimensiones, enquistado en el último decenio. En Aduanas son completamente conscientes de que los vendedores asiáticos falsifican las facturas y aseguran que una abrumadora mayoría de productos que entran en España procedentes de China tienen un precio marcado falsamente de menos de 22 euros en lo que definen como un «fraude generalizado».
El principio general de ventanilla única fiscal para el comercio minorista también se aplicará en el caso de transporte de mercancías, gracias a la entrada en vigor de la ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. El nuevo marco legal y el despacho centralizado europeo que entrará en vigor en 2022 amplían en España la responsabilidad del representante aduanero en los procedimientos de declaración y verificación de datos, dejando a este expuesto a que el importador pague o no el IVA. Estos procedimientos podrían desencadenarse hasta tres y cuatro años después de haberse producido la importación y el despacho de la mercancía, haciéndose responsable al representante aduanero de actuaciones que van mucho más allá de su papel como comisionista del importador.