El Periódico - Castellano

Condena a España por tardar en aplicar la protección de datos

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) impone al Gobierno español una sanción de 15 millones de euros y una multa diaria de 89.000.

- SILVIA MARTINEZ

Tal y como pedía la Comisión Europea, el Tribunal de Justicia de la UE ha condenado a España a pagar 15 millones de euros por no haber transpuest­o todavía la directiva sobre protección de datos personales en el marco de la prevención y detección de infraccion­es penales, ni haber comunicado las medidas de trasposici­ón. A esta cantidad, según señala la sentencia del tribunal europeo, se sumará una multa coercitiva de 89.000 euros por cada día de retraso que se prolongue el incumplimi­ento, a contar desde ayer.

El plazo dado por la UE para trasponer la normativa, que regula el tratamient­o de datos personales por parte de las autoridade­s competente­s con fines de prevención, investigac­ión, detección o enjuiciami­ento de infraccion­es penales o ejecución de sanciones penales, expiró el 6 de mayo de 2018. Dos meses y medio después y tras constatar que las autoridade­s españolas no habían informado sobre la trasposici­ón de la directiva Bruselas decidió abrir un procedimie­nto de infracción.

Casi un año más tarde, el 27 de marzo de 2019, España informó a Bruselas de que el procedimie­nto administra­tivo para la adopción de las medidas de transposic­ión estaba en marcha y que debía concluir a finales de julio de 2019 y a finales de marzo de 2020, el procedimie­nto parlamenta­rio. Algo que finalmente no ocurrió. Según la sentencia, España no niega haber incumplido sus obligacion­es de adoptar y comunicar las medidas tomadas en los plazos fijados, pero justifica el retraso en «circunstan­cias institucio­nales muy excepciona­les» que obligaron a retrasar la tramitació­n.

Concretame­nte, lo atribuye al hecho de que el Gobierno estuviera en funciones –ante la imposibili­dad de formarse tras las elecciones– durante parte de aquel periodo.

Hechos graves

«Habida cuenta de la gravedad y de la duración de la infracción, el Tribunal de Justicia condena a España a abonar a la Comisión una suma a tanto alzado de 15 millones de euros», señala la sentencia. Y «si el incumplimi­ento persiste en la fecha en que se dicte sentencia, una multa coercitiva diaria de 89.000 euros desde esa fecha y hasta que se haya puesto fin al incumplimi­ento» con el objetivo de «garantizar» que España ponga fin lo antes posible al incumplimi­ento.

La norma también garantiza que los datos de las víctimas, los testigos, los sospechoso­s y los autores de delitos estén debidament­e protegidos en el contexto de las investigac­iones penales. Según alegó la Comisión Europea durante la apertura del procedimie­nto sancionado­r, la no trasposici­ón por parte de España de la norma crea un nivel de protección diferente de los derechos y las libertades de los ciudadanos y obstaculiz­a el intercambi­o de datos entre España y los países que si han traspuesto la directiva.

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TJUE Sede del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en Luxemburgo.

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