Condena a España por tardar en aplicar la protección de datos
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) impone al Gobierno español una sanción de 15 millones de euros y una multa diaria de 89.000.
Tal y como pedía la Comisión Europea, el Tribunal de Justicia de la UE ha condenado a España a pagar 15 millones de euros por no haber transpuesto todavía la directiva sobre protección de datos personales en el marco de la prevención y detección de infracciones penales, ni haber comunicado las medidas de trasposición. A esta cantidad, según señala la sentencia del tribunal europeo, se sumará una multa coercitiva de 89.000 euros por cada día de retraso que se prolongue el incumplimiento, a contar desde ayer.
El plazo dado por la UE para trasponer la normativa, que regula el tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes con fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o ejecución de sanciones penales, expiró el 6 de mayo de 2018. Dos meses y medio después y tras constatar que las autoridades españolas no habían informado sobre la trasposición de la directiva Bruselas decidió abrir un procedimiento de infracción.
Casi un año más tarde, el 27 de marzo de 2019, España informó a Bruselas de que el procedimiento administrativo para la adopción de las medidas de transposición estaba en marcha y que debía concluir a finales de julio de 2019 y a finales de marzo de 2020, el procedimiento parlamentario. Algo que finalmente no ocurrió. Según la sentencia, España no niega haber incumplido sus obligaciones de adoptar y comunicar las medidas tomadas en los plazos fijados, pero justifica el retraso en «circunstancias institucionales muy excepcionales» que obligaron a retrasar la tramitación.
Concretamente, lo atribuye al hecho de que el Gobierno estuviera en funciones –ante la imposibilidad de formarse tras las elecciones– durante parte de aquel periodo.
Hechos graves
«Habida cuenta de la gravedad y de la duración de la infracción, el Tribunal de Justicia condena a España a abonar a la Comisión una suma a tanto alzado de 15 millones de euros», señala la sentencia. Y «si el incumplimiento persiste en la fecha en que se dicte sentencia, una multa coercitiva diaria de 89.000 euros desde esa fecha y hasta que se haya puesto fin al incumplimiento» con el objetivo de «garantizar» que España ponga fin lo antes posible al incumplimiento.
La norma también garantiza que los datos de las víctimas, los testigos, los sospechosos y los autores de delitos estén debidamente protegidos en el contexto de las investigaciones penales. Según alegó la Comisión Europea durante la apertura del procedimiento sancionador, la no trasposición por parte de España de la norma crea un nivel de protección diferente de los derechos y las libertades de los ciudadanos y obstaculiza el intercambio de datos entre España y los países que si han traspuesto la directiva.