La justicia exonera a los altos mandos policiales por las cargas del 1-O
Los jueces no hallan indicios de que se diese una orden de actuar «con violencia»
La Audiencia de Barcelona descarta investigar a altos mandos de la Policía Nacional por las cargas del 1-O en Catalunya. Entiende que «no hay ningún indicio» de una instrucción concreta de actuar «con contundencia» contra los votantes del referéndum unilateral, ni tampoco de «usar mayor violencia que la imprescindible» para impedirlo, ni que plasmara «un modus operandi que respondiera a dicho patrón». Así lo sostiene la Sección Tercera en un auto en el que desestima el recurso de las acusaciones contra la decisión del Juzgado de Instrucción número 7 de Barcelona, que investiga el caso, de no citar como imputados a mandos policiales.
Las acusaciones, entre ellas la Generalitat, solicitaron la citación como imputados del jefe superior de la Policía Nacional en Catalunya el 1 de octubre de 2017, el jefe de la Brigada Provincial de Información en Catalunya, el comisario de la Unidad Central de la comisaría General de Información del cuerpo, y el jefe de las Unidades de Intervención de la Policía, conocido como Marte en el operativo policial. El juez instructor rechazó, el 1 de abril del año pasado, la práctica de esos interrogatorios y ahora la
Audiencia de Barcelona ha ratificado esa resolución.
El tribunal considera que no hay indicios de criminalidad contra esos mandos al no haber encontrado «ningún dato que permita afirmar, ni siquiera indiciariamente, la existencia de un operativo policial diseñado expresamente para impedir el ejercicio de derechos, más allá del hecho de votar que constituía el objeto del mandato judicial, ni para imputar lesiones causadas a los ciudadanos a los mandos superiores».
La investigación continúa
No obstante, la Audiencia reconoce que «hubo casos de extralimitación de la fuerza por agentes policiales, de uso de violencia innecesaria y desproporcionada, que deberá valorarse en cada colegio electoral y en cada caso», por lo que insta a seguir investigando en piezas separadas para examinarlo.
A su entender, hubo «agentes concretos que lesionaron a los ciudadanos» y no descarta «una posible responsabilidad de algún jefe de grupo u operativo, bien como autor o bien como partícipe en la acción de otro –de su subordinado– que hubiera presenciado personalmente» dicha violencia.
El tribunal subraya que las acusaciones «solamente alegan que los superiores no dieron instrucción ni orden de que cesaran» las cargas, algo que tampoco hicieron ni el ministro del Interior ni el secretario de Estado de Seguridad en aquel momento y, en cambio, «nadie pide su imputación». Los magistrados rechazan que la Policía
Nacional tuviera el 1-O «una instrucción concreta de actuar con contundencia y violencia», por lo que, a su entender, «no hay responsabilidad de los mandos superiores que no estuvieron en los colegios electorales».
«No hay elementos que permitan atribuir ni imputar jurídicamente los resultados lesivos de los ciudadanos a los responsables superiores del operativo policial», asevera en su resolución la Audiencia de Barcelona.
nLos magistrados sí reconocen casos de «extralimitación de la fuerza» y apuntan a mandos intermedios