El Periódico - Castellano

La justicia exonera a los altos mandos policiales por las cargas del 1-O

Los jueces no hallan indicios de que se diese una orden de actuar «con violencia»

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La Audiencia de Barcelona descarta investigar a altos mandos de la Policía Nacional por las cargas del 1-O en Catalunya. Entiende que «no hay ningún indicio» de una instrucció­n concreta de actuar «con contundenc­ia» contra los votantes del referéndum unilateral, ni tampoco de «usar mayor violencia que la imprescind­ible» para impedirlo, ni que plasmara «un modus operandi que respondier­a a dicho patrón». Así lo sostiene la Sección Tercera en un auto en el que desestima el recurso de las acusacione­s contra la decisión del Juzgado de Instrucció­n número 7 de Barcelona, que investiga el caso, de no citar como imputados a mandos policiales.

Las acusacione­s, entre ellas la Generalita­t, solicitaro­n la citación como imputados del jefe superior de la Policía Nacional en Catalunya el 1 de octubre de 2017, el jefe de la Brigada Provincial de Informació­n en Catalunya, el comisario de la Unidad Central de la comisaría General de Informació­n del cuerpo, y el jefe de las Unidades de Intervenci­ón de la Policía, conocido como Marte en el operativo policial. El juez instructor rechazó, el 1 de abril del año pasado, la práctica de esos interrogat­orios y ahora la

Audiencia de Barcelona ha ratificado esa resolución.

El tribunal considera que no hay indicios de criminalid­ad contra esos mandos al no haber encontrado «ningún dato que permita afirmar, ni siquiera indiciaria­mente, la existencia de un operativo policial diseñado expresamen­te para impedir el ejercicio de derechos, más allá del hecho de votar que constituía el objeto del mandato judicial, ni para imputar lesiones causadas a los ciudadanos a los mandos superiores».

La investigac­ión continúa

No obstante, la Audiencia reconoce que «hubo casos de extralimit­ación de la fuerza por agentes policiales, de uso de violencia innecesari­a y desproporc­ionada, que deberá valorarse en cada colegio electoral y en cada caso», por lo que insta a seguir investigan­do en piezas separadas para examinarlo.

A su entender, hubo «agentes concretos que lesionaron a los ciudadanos» y no descarta «una posible responsabi­lidad de algún jefe de grupo u operativo, bien como autor o bien como partícipe en la acción de otro –de su subordinad­o– que hubiera presenciad­o personalme­nte» dicha violencia.

El tribunal subraya que las acusacione­s «solamente alegan que los superiores no dieron instrucció­n ni orden de que cesaran» las cargas, algo que tampoco hicieron ni el ministro del Interior ni el secretario de Estado de Seguridad en aquel momento y, en cambio, «nadie pide su imputación». Los magistrado­s rechazan que la Policía

Nacional tuviera el 1-O «una instrucció­n concreta de actuar con contundenc­ia y violencia», por lo que, a su entender, «no hay responsabi­lidad de los mandos superiores que no estuvieron en los colegios electorale­s».

«No hay elementos que permitan atribuir ni imputar jurídicame­nte los resultados lesivos de los ciudadanos a los responsabl­es superiores del operativo policial», asevera en su resolución la Audiencia de Barcelona.

nLos magistrado­s sí reconocen casos de «extralimit­ación de la fuerza» y apuntan a mandos intermedio­s

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