El Supremo confirma que los ‘riders’ de Deliveroo no son autónomos
Los riders de Deliveroo han operado hasta ahora como falsos autónomos. Así se pronunció el Tribunal Supremo respecto a un repartidor de Glovo hace un año y ese mismo criterio lo manifestó ayer, según el fallo judicial al que tuvo acceso EL PERIÓDICO, cuando rechazó a trámite el recurso planteado por Deliveroo en relación a una sentencia en su contra. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictaminó que 532 repartidores de la plataforma digital operaban en fraude de ley y que deberían ser asalariados. Y ese es el criterio que replicó ayer el Supremo, dejando claro que, ya de antes de la aprobación de la nueva ley Rider, las plataformas digitales en España operaban mayoritariamente con un modelo laboral fraudulento.
La sentencia del Supremo supone una nueva palada de tierra sobre un debate ya enterrado: los repartidores de plataformas como Glovo, Deliveroo, UberEats y Stuart han actuado todos estos años como falsos autónomos y debieran haber sido asalariados. Ya antes de que la nueva ley Rider dejara la condición laboral de estos repartidores explícitamente clara por ley, los tribunales fueron pronunciándose en este sentido. Y ayer lo rubricó el Tribunal Supremo al asegurar que no hay lugar a recurso por parte de Deliveroo y que su doctrina ya está clara: no pueden operar como autónomos, deben ser asalariados.
El fallo no da lugar a ningún tipo de recurso por parte de las plataformas