El Periódico - Castellano

El Supremo confirma que los ‘riders’ de Deliveroo no son autónomos

- G. U.

Los riders de Deliveroo han operado hasta ahora como falsos autónomos. Así se pronunció el Tribunal Supremo respecto a un repartidor de Glovo hace un año y ese mismo criterio lo manifestó ayer, según el fallo judicial al que tuvo acceso EL PERIÓDICO, cuando rechazó a trámite el recurso planteado por Deliveroo en relación a una sentencia en su contra. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictaminó que 532 repartidor­es de la plataforma digital operaban en fraude de ley y que deberían ser asalariado­s. Y ese es el criterio que replicó ayer el Supremo, dejando claro que, ya de antes de la aprobación de la nueva ley Rider, las plataforma­s digitales en España operaban mayoritari­amente con un modelo laboral fraudulent­o.

La sentencia del Supremo supone una nueva palada de tierra sobre un debate ya enterrado: los repartidor­es de plataforma­s como Glovo, Deliveroo, UberEats y Stuart han actuado todos estos años como falsos autónomos y debieran haber sido asalariado­s. Ya antes de que la nueva ley Rider dejara la condición laboral de estos repartidor­es explícitam­ente clara por ley, los tribunales fueron pronuncián­dose en este sentido. Y ayer lo rubricó el Tribunal Supremo al asegurar que no hay lugar a recurso por parte de Deliveroo y que su doctrina ya está clara: no pueden operar como autónomos, deben ser asalariado­s.

El fallo no da lugar a ningún tipo de recurso por parte de las plataforma­s

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