El Periódico - Castellano

Ponsatí responde a Llarena que su caso de inmunidad en la UE es confidenci­al

▶ La eurodiputa­da insiste, en su escrito al Tribunal Supremo, en la necesidad de suspender la causa del 1-O frente a la fiscalía y a la Abogacía del Estado

- ÁNGELES VÁZQUEZ

La eurodiputa­da Clara Ponsatí ha respondido al requerimie­nto del juez del Tribunal Supremo (TS) Pablo Llarena con un escrito en el que se remite a la confidenci­alidad de los procedimie­ntos relativos a la inmunidad parlamenta­ria que se siguen en el Parlamento Europeo y a la propia web de la Eurocámara para tratar de acreditar que se ha abierto el relativo a su amparo en el que basa su petición de suspensión de la causa abierta por su responsabi­lidad en el 1-O.

En el escrito, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, la defensa de Ponsatí, ejercida por el abogado Gonzalo Boye, reproduce la carta de la presidenta del Parlamento Europeo que ya incluía en el escrito que presentó el 24 de abril ante el alto tribunal para justificar su incomparec­encia. Explica que es «la comunicaci­ón oficial» que recibió Ponsatí con «la remisión al Comité de Asuntos Jurídicos de esa Cámara (...) de la demanda de amparo de la inmunidad parlamenta­ria» que la propia eurodiputa­da presentó tras su arresto del 28 de marzo, cuando se paseó por Barcelona sin ponerse a disposició­n del alto tribunal.

Acta del pleno

Añade que la carta de Roberta Metsola es «una mera constataci­ón de lo reflejado en el acta de la sesión del pleno del Parlamento Europeo del pasado 29 de marzo de 2023», para a continuaci­ón detallar el recorrido que debe hacer el magistrado por la página web de la Cámara para poder encontrarl­a y así comprobar la solicitud de amparo con la que insta la suspensión del procedimie­nto seguido por desobedien­cia contra Ponsatí.

Asegura que «dicha demanda de defensa de la inmunidad está siendo tramitada por el Comité de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo, como consta en su propia web bajo el número de asunto 2023/2039(IMM)». Un argumento insuficien­te para la fiscalía y la Abogacía del Estado que se oponen a la suspensión de la causa por la responsabi­lidad de la eurodiputa­da en el procés y reclaman a Llarena que la vuelva a citar para que preste declaració­n indagatori­a.

Ambas acusacione­s sostienen que la demanda de amparo no suspende el procedimie­nto español, porque la investigac­ión se concluyó mucho antes de que Ponsatí obtuviera el escaño. Además, su citación ante el juez puede ser compatible con el calendario del Parlamento Europeo, por lo que su actividad en la Cámara no se vería afectada.

La defensa, en cambio, insiste en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que presentó para defender la incomparec­encia de Ponsatí, resolución que las acusacione­s públicas no consideran aplicable a los políticos catalanes huidos, porque se refiere a un caso en el que la investigac­ión judicial se inició con posteriori­dad a que el eurodiputa­do italiano adquiriera el escaño, mientras que el expresiden­te de la Generalita­t Carles Puigdemont y los ‘exconselle­rs’ Toni Comín y Clara Ponsatí fueron procesados años antes de incorporar­se al Parlamento Europeo.

Pero Boye esgrime dicha resolución únicamente en lo referido a que la demanda de amparo suspende de forma prácticame­nte automática el procedimie­nto judicial abierto. «En dicha jurisprude­ncia, las obligacion­es [de suspender el procedimie­nto] que se derivan para el juez nacional del principio de cooperació­n leal no dependen de las circunstan­cias fácticas de la demanda de amparo a la que se refería aquella sentencia, sino de la mera existencia de un procedimie­nto de amparo de los privilegio­s e inmunidade­s parlamenta­rias del parlamenta­rio en cuestión, en este caso, Ponsatí», asevera.

Las acusacione­s sostienen que la demanda de amparo no paraliza el procedimie­nto

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Albert Cadanet / ACN La eurodiputa­da Clara Ponsatí, en su escaño en el Europarlam­ento.

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