La SGAE acecha en Facebook e Instagram a bares y restaurantes
Los establecimientos hosteleros son cada vez más activos en redes sociales. Conscientes del privilegiado escaparate que ofrecen Facebook o Instagram para promocionar su negocio, es muy habitual, por ejemplo en el caso de aquellos que organizan banquetes, que publiquen fotos de las mesas cuidadosamente decoradas, de los apetecibles aperitivos y platos principales o, según el tipo de celebración, de los globos o motivos infantiles que lucen en los salones. Pero puede ocurrir que esas imágenes se vuelvan en su contra.
Es lo que le ocurrió a un restaurante que fue condenado por el Juzgado de lo Mercantil 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, a pagar 5.769 euros a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) en concepto de derechos de autor por una treintena de eventos con amenización musical realizados en sus instalaciones durante más de tres años. Una de las pruebas clave tenidas en cuenta por la magistrada, que fue aportada al procedimiento por la entidad demandante, fueron las publicaciones que realizó el establecimiento en redes sociales de las bodas, bautizos o primeras comuniones que se celebraron en ese periodo.
25 eventos sin declarar
Esta sentencia de materia de infracción de derechos de propiedad intelectual es una de las dictadas en los últimos meses por el juzgado vigués de este tipo de pleitos que, tras el parón del covid, han vuelto a dispararse. En este caso, el local y la SGAE tenían un contrato en vigor desde 2007, pero la entidad llevó al restaurante a los tribunales porque a partir de mayo de 2016 y hasta diciembre de 2019 el local dejó de comunicar «los eventos realizados con amenización de música». El restaurante pagó 1.680 euros al reconocer la celebración de diez bodas pero negó los restantes eventos que se le reclamaban, otros 25.
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