El Barça pide ser acusación particular en el caso Negreira
El club ha solicitado a la jueza tener esa condición aparte de la de investigado. La fiscalía rechaza, mientras, que el CSD sea acusación en el caso.
La Fiscalía rechaza que el Consejo Superior de Deportes (CSD) ejerza la acusación particular en el caso Negreira porque el organismo, a su entender, no puede considerarse como parte perjudicada ni ofendida. La acusación pública sostiene en su escrito, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, que aunque este organismo entienda «legítimamente» que la alteración de limpieza en una competición deportiva «ofende» sus principios éticos, no le convierte «sin más» en «ofendidos jurídicos». Lo mismo opina sobre la personación de la asociación Un crit valent.
El FC Barcelona, mientras, ha solicitado a la jueza que se le tenga personado a la vez como investigado y como acusación particular porque se considera perjudicado. Hasta ahora el club, a través del presidente, Joan Laporta, en su comparecencia pública del 17 de abril, solo había aludido a esta vía ante un posible desvío de los pagos por los servicios de Negreira que se hacían a través de las empresas de Josep Contreras. «El Barça sería entonces una víctima y perjudicado», dijo el dirigente.
Los fiscales Luis García Cantón y Ricardo Sanz-Gadea detallan que «debe partirse, y este dato se nos antoja esencial, de que el concepto perjudicado y ofendido desde el punto de vista social nada tiene que ver con su valoración desde el punto de vista estrictamente jurídico». En este sentido, aluden a la ley que incorporó en el Código Penal el delito de corrupción en el deporte y que el propósito es «la garantía de una competencia justa y honesta». Y añade que el concepto de «perjudicado» es «quien ha sufrido un perjuicio o daño moral» por la comisión de un delito. A su entender, en base a estos parámetros el CSD no cumple con los «mínimo exigibles» para ser acusación particular.
«No hay daño moral, ni mucho menos patrimonial, para unos peticionarios (para ejercer la acusación) que ninguna relación mantienen –ni aproximada– con la libre competencia justa de una competición con la que no mantienen más relación que la de meros espectadores», por lo que «difícilmente pueden ser víctimas de un daño moral, siquiera fuera de manera vicaria, por las acciones que se imputan al FC Barcelona o a sus dirigentes», insisten los fiscales.
La tutela «genérica»
Además añaden que la tutela «genérica» del deporte reconocida al CSD, incluso la que desde «un punto de vista estrictamente organizativo se le atribuya sobre el sistema arbitral», no le puede «elevar a la categoría de perjudicado u ofendido» en un delito que «protege» la «libre y justa competencia».
La fiscalía, asimismo, se opone a la pretensión de LaLiga, a la que se ha sumado la Federación Española de Fútbol, de aplicar la investigación a Javier Enríquez Romero, hijo de José María Enríquez Negreira, al estimar que es «precipitado» entender que los datos aportados «configuren en este momento embrionario de la investigación un nutrido soporte probatorio incriminatorio». Subraya que es «prudente» esperar a los resultados de las pesquisas que lleva a cabo la Guardia Civil.
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