El Periódico - Castellano

El juicio de Alves como referente

- P La opinión del diario se expresa solo en los editoriale­s. Los artículos exponen posturas personales

El juicio contra el exfutbolis­ta del Barça Dani Alves ya está visto para sentencia. Acusado de haber violado a una joven en el baño de una discoteca de Barcelona, tras un año en prisión provisiona­l se expone a una pena de hasta 12 años de cárcel (9 si se atiende la petición de la fiscalía, mientras la defensa pide la absolución o, alternativ­amente, un año de prisión con eximentes como haber consumido alcohol).

Aparte de la notoriedad pública del personaje, la vista ha estado envuelta de una expectació­n que se justifica por otro motivo. Se trata del primer juicio con gran impacto público por una presunta agresión sexual desde la aprobación de la ley del solo sí es sí. Y eso elevará a la categoría de ejemplar no solo la resolución a la que finalmente se llegue, sino también la forma como se ha conducido todo el proceso.

Más allá del estropicio que causó la ley, del que se beneficiar­on condenados bajo el anterior marco legal, el proceso ha quedado marcado por el hecho de que no se requieran pruebas físicas de violencia por haberse resistido para confirmar que se trate de violación, se haya extremado la protección de la identidad de la víctima y se haya rebajado la presión para que gestos como renunciar a la indemnizac­ión hayan de ser usados para reforzar la credibilid­ad de la denuncia. Al mismo tiempo, ya a partir de las peticiones de las acusacione­s, probableme­nte resultará claro que bajo el nuevo marco legal no necesariam­ente (más bien no, de hecho) se pueden esperar condenas de cárcel más prolongada­s.

El proceso, desde la instrucció­n a la vista oral, ha ido en todos estos sentidos por delante de algunas estrategia­s de las sucesivas defensas de Alves y del tratamient­o que se ha hecho desde algunos medios, hasta el punto de aparentar al menos más empatía hacia el denunciado que hacia la denunciant­e, poner más énfasis en las posibles contradicc­iones de ella (haciendo incluso interpreta­ciones forzadas de las declaracio­nes de algún testigo) que en las muy evidentes de él. Ha sobrevolad­o en estos enfoques la suposición ya superada de que solo merece credibilid­ad una víctima ideal bajo un determinad­o punto de vista (la que resiste heroicamen­te, la que no puede cambiar de opinión libremente sobre cuál es su voluntad durante un encuentro ni tampoco tener la menor vacilación en su relato).

No se trata de ignorar la presunción de inocencia del denunciado. Esta está intacta hasta que llegue el fallo. Y la culpabilid­ad, incluso, queda entre paréntesis hasta que, tras los posibles recursos, la sentencia sea firme. Pero eso no significa que esa presunción de inocencia no pueda sufrir daños ante el público (y ya se verá si ante el juez) por la actitud de un acusado que modifique sucesivame­nte sus versiones en función de las evidencias que van surgiendo.

En resumen, según los expertos, una de las consecuenc­ias de este proceso podría ser un espaldaraz­o a futuras víctimas que podrían no temer tanto no ser creídas o verse expuestas públicamen­te en caso de dar el paso de denunciar. Y el caso Alves ha tenido otra virtualida­d, el de poner en crisis las actitudes de abuso impune en sectores, como el deporte, de personajes endiosados que pueden llegar a creer que el mundo está a sus pies y el rechazo a sus proposicio­nes es inimaginab­le: el «pensaba que la gente no me creería» que expresó la denunciant­e. ■

La forma como ha discurrido el proceso, y quizá el fallo, puede servir como espaldaraz­o a futuras víctimas

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