Puig Antich, el caso irrevisable
Mañana se cumplen 50 años de la última ejecución con garrote vil del franquismo. Solo una reforma de la Constitución permitiría revisar judicialmente la falta de pruebas con que se forzó la muerte del anarquista.
Para describir a estudiantes de bachillerato la dimensión de la crueldad de la dictadura, Emilio Silva cuenta a su joven audiencia cómo fue la ejecución de Salvador Puig Antich. En esas charlas escolares «no omito detalle», dice este investigador y activista, pionero en España de la memoria histórica.
Cincuenta años después de aquel estrangulamiento en la Cárcel Modelo de Barcelona, la rotura del pescuezo del último agarrotado de la historia de España ha devenido, más que en material de actividad extraescolar, en símbolo de asuntos históricos, políticos y judiciales que estrellan a este país con sus contradicciones.
La principal, la legal: cada dos de marzo es una regurgitación de un caso que ya no tiene más camino si no se modifica la Constitución. La actual interpretación del principio de irretroactividad normativa impide revisar un suceso, la muerte de un policía en el forcejeo y tiroteo de la detención de un anarquista armado, cuyos detalles se diluyen en la nebulosa de una instrucción sin garantías. El caso entró en la digestión de la ley de amnistía del 77 y hoy lo sepulta el silencio del Estado.
Salvador Puig Antich fue detenido el 25 de septiembre de 1973 tras una huida frustrada en un portal de Barcelona, en la que resultó muerto el policía Fernando Anguas. El asesinato a manos de ETA del presidente del Gobierno, Luis Carrero Blanco, el 20 de diciembre de 1973, imprimió a la tramitación judicial del caso de Puig Antich una velocidad inusitada. A las 9 de la mañana del 2 de marzo de 1974, ya condenado a muerte, el reo se sentaba para que le anudaran el cuello al garrote.
De la última mirada de la Justicia sobre el caso han pasado tres años. El 14 de agosto de 2020, la Audiencia de Barcelona confirmó el archivo de una querella contra
Carlos Rey, abogado que hizo de juez de un consejo de guerra en el que a Puig Antich no se le dio derecho de defensa ni un relato de hechos probados: los médicos sostienen que a Anguas lo mató una ráfaga, cinco disparos alineados en su cuerpo, y el informe policial, que el agente recibió tres tiros de pistola del anarquista.
Lesa humanidad
El último pronunciamiento judicial argumenta que en el caso no cabe aplicar el crimen de lesa humanidad y que cualquier infracción cometida en el sumario ya ha prescrito. «Y precisamente, la Lesa Humanidad es la clave», explica Eduardo Ranz, abogado experto en causas de la memoria histórica.
Pero no hay camino: «España se adhirió al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos tres años después, en 1977, y a la aplicación de la Lesa Humanidad en 2003. Pese a todo, el reto está en aplicar la Lesa Humanidad». Además, la ley de amnistía del 77, que extingue responsabilidades anteriores a su promulgación, impide investigar delitos que pudieron cometer los instructores del caso.
La ley de memoria democrática crea una fiscalía especial que tiene el mandado de revisar violaciones de derechos humanos, «pero es que el hecho, la ejecución de Puig Antich, no se discute –reflexiona Ranz-, aunque los hechos por los que fue juzgado sí requieren una investigación judicial».
El letrado ve «solo una clave, una tecla», que no es otra que «modificar el artículo 9 de la Constitución», o sea, el que habla de la «irretroactividad de las disposiciones sancionadoras». Pero modificar ese precepto en la ley fundamental para adaptarlo a la realidad histórica de España «es algo muy parecido a imposible», dice Ranz.
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