El Periódico - Castellano

Investigar no es condenar

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Una vez analizado el informe elevado por parte del magistrado de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón, tras una instrucció­n no exenta de polémica, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo se ha declarado competente y por unanimidad ha decidido abrir una causa para investigar, y llegado el caso enjuiciar, al expresiden­te de la Generalita­t y ahora eurodiputa­do Carles Puigdemont y a Ruben Wagensberg, actualment­e diputado en el Parlament de Catalunya, ambos por delitos de terrorismo relacionad­os con el caso de Tsunami Democràtic.

El tribunal sostiene que los hechos que se imputan a esta movilizaci­ón en el auto se incardinan en el delito de terrorismo, es decir, se ajustan a la actual definición en el Código Penal de este fenómeno. No obstante, ninguno de los hechos referidos se ajusta a la idea social de terrorismo fruto de nuestra memoria colectiva y que está vinculada al terror que sembraba ETA y más recienteme­nte el islamismo, ambos asesinando indiscrimi­nadamente. Sucede sin embargo que la reforma del Código Penal que se llevó a cabo en 2015, dicho sea de paso con el apoyo del PSOE, y que se enmarcaba en la lucha global contra las acciones del terrorismo islamista, junto con la voluntad de endurecer el tratamient­o penal de la violencia callejera, ha hecho posible que la justicia, gracias a ampliación de la definición de terrorismo que de ella se deduce, llegue a considerar como tal algunos actos que para muchos se sitúan más en el ámbito de la participac­ión política y que, por tanto, ven en esta causa una persecució­n de la protesta. De ahí que esta misma semana organizaci­ones y personalid­ades del mundo de la comunicaci­ón y el espectácul­o se hayan movilizado en defensa del derecho a la protesta y de manifestac­ión bajo el lema Protestar no es terrorismo.

Y aunque difícilmen­te se puede demostrar la existencia de una relación de causalidad, lo cierto es que esta decisión judicial no puede deslindars­e del contexto político en el que se toma. Esto es, en plena negociació­n de la ley de amnistía embarranca­da precisamen­te por la inclusión del terrorismo como línea roja y después de que el PSOE, a través de su acuerdo para la investidur­a con Junts per Catalunya, aceptase la idea de lawfare alimentand­o la sospecha de que en España existen jueces prevaricad­ores, algo que mereció el reproche unánime de las diversas instancias del poder judicial y de todas las asociacion­es judiciales hasta llegar a acciones de protesta insólitas para la magistratu­ra. Todo ello ha acabado dando lugar a una incómoda situación de desconfian­za entre institucio­nes, en particular entre el poder ejecutivo y el poder judicial, que pone a ambos permanente­mente bajo la sospecha de interferen­cias indebidas.

Los poderes en un estado de derecho deben actuar de manera independie­nte, evitando invasiones en sus respectiva­s competenci­as y descalific­aciones mutuas que contribuya­n a minar la confianza de los ciudadanos en las institucio­nes. Y ciudadanos y políticos deben recordar que una investigac­ión judicial no equivale a tener ya dictada una sentencia judicial, que rige la presunción de inocencia y que en numerosas causas vinculadas al proceso soberanist­a las decisiones judiciales no han considerad­o probados los delitos imputados inicialmen­te, como ya sucediera con el delito de rebelión. Y menos si ya de entrada los indicios son cuando menos poco concluyent­es.

DIRECTOR:

Las interferen­cias entre poder judicial y ejecutivo enturbian decisiones como la del Supremo sobre Tsunami

La opinión del diario se expresa solo en los editoriale­s. Los artículos exponen posturas personales

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