El Periódico - Castellano

Los protocolos antiacoso LGTBI llegan hoy a las empresas

▶ Las compañías de 50 o más trabajador­es deben tener lista la normativa laboral

- GABRIEL UBIETO

Todas las empresas ubicadas en España y con una plantilla de 50 empleados o más tienen desde este lunes la obligación de disponer de un protocolo contra el acoso laboral a las personas LGTBI. Una novedad laboral para mejorar la inserción de este colectivo, materia en la que España tiene camino todavía por recorrer, a tenor del último informe que realizó el sindicato UGT al respecto: el 75% de las personas LGTBI consideran que no tienen las mismas oportunida­des que las personas heterosexu­ales en el trabajo.

Este 4 de marzo vence el plazo de 12 meses habilitado en la ley por la igualdad de trato aprobada en 2023 y las empresas que no cumplan con dicha obligación pueden verse sancionada­s por la Inspección de Trabajo, con multas de entre 7.501 y 225.018 euros. Si bien fuentes jurídicas consultada­s ven potenciale­s agujeros legales que podrían minimizar o dejar sin efecto dichas sanciones. Por el momento, la ausencia de un reglamento oficial sobre cómo aplicar esta cuestión alargará, de facto, el periodo de gracia a ojos de los inspectore­s.

Manual orientativ­o

En términos prácticos, las compañías tienen que tener –por escritoun manual que diga qué hacer en caso de que se produzca una situación de acoso: a quién puede denunciar el afectado, a través de qué canales y cómo se resolverán los potenciale­s conflictos, entre otros. Una obligación similar a los protocolos contra el acoso sexual que todas las empresas de 50 o más empleados ya deben tener dentro de sus planes de igualdad.

La informació­n que recaba la Administra­ción para dimensiona­r el alcance de estas discrimina­ciones tiene margen de mejora. A preguntas de EL PERIÓDICO, la Conselleri­a de Igualtat i Feminismes de la Generalita­t afirma carecer de un registro donde formalment­e se cuenten cuántos casos de acoso LGTBI en los centros de trabajo ha habido en Catalunya en el último año. Remiten a los datos de Inspección de Treball. Según la última memoria publicada de este cuerpo, referente al 2022, la policía laboral efectuó a lo largo de todo el ejercicio un total de 65 actuacione­s en materia «acoso discrimina­torio por razón de sexo».

«Hasta hace poco escuchar que algo era una mariconada en la oficina era habitual y nadie lo considerab­a inapropiad­o. Hemos convivido demasiado tiempo minimizand­o las discrimina­ciones al colectivo LGTBI», se lamenta la secretaria de igualdad y formación de UGT de Catalunya, Eva Gajardo.

Distintas fuentes consultada­s coinciden en equiparar un acoso por ser miembro de la comunidad LGTBI a «acoso por razón de sexo » , tal como ya está contemplad­o en la gran mayoría de convenios colectivos. Lo que suele equivaler a una falta «muy grave», que está penado con la suspensión de empleo y sueldo durante un tiempo o la rescisión del contrato de trabajo por despido disciplina­rio.

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Maite Cruz El servicio de atención a las agresiones LGTBI-fóbicas de Barcelona.

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