La Audiencia valida la suspensión de los escaneos de iris en España
La Audiencia Nacional validó la decisión de la Agencia de Protección de Datos de paralizar de forma cautelar las actividades de Tools of Humanity, que ofrecía criptomonedas a los ciudadanos a cambio de dejarse escanear el iris. La decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este órgano constituye la primera intervención de la justicia en este asunto, y supone rechazar la medida solicitada por compañía estadounidense Worldcoin en contra de la orden de Protección de Datos.
Tools of Humaniy Corporation GMBH (TFH) recopila y trata datos personales a través del iris, los ojos y el rostro y su posterior procesamiento a cambio de un pago en una criptomoneda ingresada en un wallet vinculado a una app, una actividad que fue denunciada por varios ciudadanos ante Protección de Datos.
Interés general
En un auto dado a conocer ayer, la Sección Primera de Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional considera que atendiendo a la ponderación de los intereses en conflicto y, a la vista de las circunstancias concurrentes, debe prevalecer «la salvaguarda del interés general que consiste en la protección del derecho a la protección de datos personales de los interesados frente al interés particular de la empresa recurrente de contenido fundamentalmente económico».
El Tribunal entiende que en caso de obtener una sentencia favorable, TFH podrá ser indemnizada, por lo que no se produciría un perjuicio irreparable como alega la recurrente.
En su recurso, la estadounidense alegaba que la resolución de la Agencia de Protección de Datos le supondría elevadísimos daños y perjuicios irreparables tanto en España como a nivel mundial. Además, esgrimía que la resolución se había extralimitado, al considerar que debía ser la autoridad de Baviera, donde la empresa está domiciliada, la competente.
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