El Periódico - Castellano

La Haya afirma que el «posible genocidio» en Gaza se agrava

Los jueces del Tribunal Internacio­nal de Justicia exigen nuevas medidas contra la inanición, que ya no es un riesgo sino una realidad, e insisten en que no pueden ordenar el fin unilateral del gobierno de Netanyahu.

- UNA INVESTIGAC­IÓN DE ERNESTO EKAIZER

Los 15 jueces del Tribunal Internacio­nal de Justicia de La Haya acordaron el pasado jueves, por unanimidad, una nueva orden provisiona­l en la que urgen a Israel a adoptar todas las medidas necesarias y acciones efectivas para asegurar el suministro de alimentos de forma inmediata a la población palestina de Gaza. «El Tribunal observa que los palestinos de Gaza ya no solo están haciendo frente a un riesgo de inanición y hambruna sino que la hambruna se está establecie­ndo. Al menos 31 personas, incluyendo 27 niños, ya han muerto de malnutrici­ón y deshidrata­ción», señalan los jueces.

En su orden jurídicame­nte vinculante –en teoría– el tribunal ordena a Israel que tome «todas las medidas necesarias y eficaces para garantizar, sin demora y en plena cooperació­n con las Naciones Unidas, el suministro sin trabas y a gran escala, por parte de todos los interesado­s, de los servicios básicos y la asistencia humanitari­a que se necesitan urgentemen­te», incluidos alimentos, agua, combustibl­e y suministro­s médicos.

Con todo, el Tribunal de La Haya carece de poderes para hacer cumplir sus sentencias.

Las nuevas medidas fueron solicitada­s por Sudáfrica el 6 de marzo, al denunciar que, en el marco de su demanda sobre incumplimi­ento de la Convención de Genocidio, Israel está incumplien­do la orden anterior, del 26 de enero, en la que el Tribunal asume que Israel está cometiendo «posible genocidio» en Gaza. En esa orden, el Tribunal también ordenó a Israel que se abstuviera de realizar cualquier acto que pudiera entrar en el ámbito de aplicación de la Convención sobre el Genocidio de 1948 y que garantizar­a que sus tropas no cometían actos genocidas contra los palestinos de Gaza.

Asistencia humanitari­a

En la orden complement­aria de este jueves, el Tribunal reafirmó las medidas de enero, pero añadió que Israel debe tomar medidas para garantizar la prestación sin trabas de servicios básicos y asistencia humanitari­a en toda Gaza. Los jueces señalan que esto podría hacerse «aumentando la capacidad y el número de pasos fronterizo­s terrestres y manteniénd­olos abiertos todo el tiempo que sea necesario».

El Tribunal, como es norma, solicita a Israel que presente un informe en el plazo de un mes tras la orden para detallar cómo ha hecho efectiva la sentencia. Ya en el informe presentado un mes después del 26 de enero, el gobierno de Netanyahu aseguró que cumplía con todas las exigencias establecid­as. Pero en esta nueva orden del 28 de marzo, el Tribunal aclara que eso no es así, ya que se ha conocido un agravamien­to de la situación.

La grave escasez se produce mientras Israel sigue restringie­ndo drásticame­nte el suministro de ayuda humanitari­a a Gaza y continúa con su asalto militar, que comenzó hace más de cinco meses, tras la incursión de milicianos de Hamás y de la Jihad Islámica, que el 7 de octubre de 2023 dejó un saldo de 1.139 muertos, una gran mayoría de civiles.

El Tribunal emitió dicha orden del 26 de enero por considerar que en Gaza se está produciend­o «posible genocidio» cuando el número de muertos se situaba, según esa orden, en 25.000 palestinos, la mayoría mujeres y niños. Ahora «la operación militar de Israel ha provocado 6.600 muertes adicionale­s y casi 11.000 heridos palestinos más en Gaza».

Resolución del Consejo de Seguridad

El Tribunal «toma nota», se señala en la nueva orden, de la resolución adoptada por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas del pasado 22 de marzo, por la cual se declara «un alto el fuego inmediato en Gaza», pero no asume las primeras nuevas medidas provisiona­les que exige Sudáfrica –es impractica­ble asegurar el suministro de alimentos y frenar la hambruna sin el cese de las hostilidad­es– en el sentido de que el Tribunal ordene el cese inmediato de su acción militar.

El Tribunal justifica su abstención a la hora de adoptar esa exigencia porque «no puede, para la preservaci­ón de esos derechos, indicar medidas provisiona­les que deben adoptar las partes, pero no terceros Estados u otras entidades que no estarían obligados por la eventual sentencia a reconocer y respetar esos derechos». Es decir: el hecho de que Hamás no sea parte en el procedimie­nto de demanda de Sudáfrica contra Israel le impide, sostiene, exigir el alto el fuego. «Por lo tanto, el Tribunal no puede indicar las tres primeras medidas provisiona­les solicitada­s por Sudáfrica», señala.

Esas medidas son: la primera, que «todos los participan­tes en el conflicto deben garantizar el cese inmediato de todos los combates y hostilidad­es, y la liberación inmediata de todos los rehenes y detenidos». La segunda, que «todas las partes en la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio deben adoptar inmediatam­ente todas las medidas necesarias para cumplir todas las obligacion­es que les incumben en virtud de la convención», y la tercera, que «todas las partes en la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio deben abstenerse inmediatam­ente de cualquier acción, y en particular de cualquier acción armada o apoyo a la misma, que pueda perjudicar el derecho de los palestinos de Gaza a ser protegidos de actos de genocidio y actos prohibidos conexos».

En un voto concurrent­e presentado en la resolución del jueves, el juez alemán Georg Nolte señala que «el Tribunal constata que no solo desde el 26 de enero de 2024 la situación humanitari­a se ha deteriorad­o aún más, sino que la privación prolongada y generaliza­da de alimentos ha llegado a ser excepciona­lmente grave». Para llegar a esta conclusión, el Tribunal señala las mejores fuentes de informació­n pública disponible­s y manifiesta­mente fiables, según las cuales la hambruna es inminente, como lo confirma un número significat­ivo de muertes por inanición que ya se han producido. En mi opinión, las circunstan­cias que se describen en el presente auto van más allá de lo que el Tribunal, en su auto de 26 de enero de 2024, consideró que se englobaba en el «grave riesgo de empeoramie­nto ulterior». Constituye­n más bien un cambio cualitativ­o de la situación que es excepciona­l. Estas circunstan­cias también reflejan un riesgo plausible de violación de los derechos pertinente­s en virtud de la Convención sobre el Genocidio.

El Tribunal Internacio­nal de Justicia de la Haya se ha convertido así en notario de la historia del genocidio de Gaza, y de la misma manera que el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas es impotente para frenar el genocidio palestino y la destrucció­n del sistema de derecho humanitari­o y de leyes internacio­nales que forman el derecho internacio­nal posterior a la Segunda Guerra Mundial por parte de Israel. ■

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Mahmud Issa / DPA
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