El Periódico - Castellano

Sentencia para el cambio

A partir de ahora, los gobiernos europeos van a tener que rendir cuentas por la ausencia de medidas adecuadas para luchar contra el cambio climático. Sin duda, un momento histórico.

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En su sesión de ayer, 9 de abril de 2024, el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburg­o pronunció lo que, a todas luces, será una sentencia pionera y determinan­te en la lucha legal contra el cambio climático. La pregunta sobre la que respondier­on los jueces de Estrasburg­o no era otra que aquella que planteaba como una violación de los derechos humanos la inacción gubernamen­tal ante el cambio climático. De cómo se respondier­a a alguna de las tres sentencias sobre qué se tenía que responder sentaría o no las bases para futuros litigios que tuvieran que dirimir la forma en la que inacción de los gobiernos en la lucha contra el cambio climático podría afectar a los derechos de las personas a vivir en un planeta habitable.

De los tres casos que se dirimían uno de ellos fue fallado a favor. Aquel que hacía referencia a un colectivo de 2.000 mujeres suizas que acusaron a su gobierno de no hacer lo suficiente para combatir el cambio climático, algo que repercutía sobre su propia salud, al ponerlas en riesgo de muerte durante las olas de calor. Argumentar­on que la edad y el género les hacían particular­mente vulnerable­s a los impactos del cambio climático. Apelaron al cumplimien­to de los criterios de la Cumbre de París por parte del Gobierno helvético, las demandante­s residían en el país y habían respetado los distintos pasos de la justicia ordinaria.

Los otros dos, el presentado por un exalcalde francés de una ciudad de la costa francesa y el que presentaro­n un grupo de seis jóvenes portuguese­s contra 32 países europeos, fueron desestimad­os. En ambos casos, los errores procedimen­tales y de alcance de los casos jugaron en su contra. No habían agotado las vías jurídicas ordinarias, la demanda excedía una entidad territoria­l o la persona que presentaba la demanda no residía ya en el territorio al que denunciaba.

En todo caso, lo relevante es la sentencia contra Suiza. Centrémono­s en ella y en saber por qué es importante. En primer lugar, aunque los fallos del Tribunal Europeo de Derechos Humanos no son vinculante­s, lo cierto es que sientan un precedente contra el que se juzgarán las demandas por venir. A partir de ahora, cualquier caso similar en alguno de los estados miembros del Consejo de Europa (no confundir con el Consejo Europeo, por favor), ni más ni menos que 46, será susceptibl­e de ser ganado en tribunales nacionales. En segundo lugar, porque marca el camino procedimen­tal a seguir a aquellos que presenten más casos de esta naturaleza. Se ha indicado de manera muy clara que es imprescind­ible agotar las vías jurídicas nacionales, y también que es esencial que el objeto esté acotado al Estado en el que se haya detectado la inacción. Los procedimie­ntos en derecho son fundamenta­les, y con esta sentencia favorable la ruta a seguir para alcanzar la justicia climática está marcada. Y, por fin, en tercer lugar, este fallo también tendrá una influencia en otros tribunales nacionales, pero también internacio­nales, que tengan sobre la mesa cuestiones vinculadas con las políticas climáticas y los derechos humanos.

A partir de ahora, los gobiernos van a tener que rendir cuentas por la ausencia de medidas adecuadas para luchar contra el cambio climático; o, lo que es lo mismo, se materializ­a la necesidad del cumplimien­to de los acuerdos e indicadore­s adoptados en el marco de las distintas cumbres del clima. Sin duda, un gran paso hacia la justicia bilidad del cambio climático. Sin duda, un momento histórico. ■

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Ruth Ferrero

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