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Noticias de Córcega

La autonomía corsa carecerá, probableme­nte, del nivel de autogobier­no del que disponen nuestras comunidade­s autónomas, especialme­nte en materia de educación y política lingüístic­a

- Xavier Arbós

Llama la atención la capacidad de consenso que han conseguido tener allí los nacionalis­tas, notablemen­te fragmentad­os. ¿Alguien toma nota aquí?

Cuando comenzaba la Semana Santa, y mientras las conversaci­ones políticas se centraban en las futuras elecciones catalanas, en Córcega tenía lugar una votación histórica. Su asamblea, por una amplia mayoría, aprobaba una resolución de apoyo a una reforma constituci­onal que reconozca la autonomía de la isla. En el caso de que esa reforma modifique la Constituci­ón de 1958, otros territorio­s franceses pueden intentar seguir la misma vía. Será difícil que lo consigan, porque Francia es el paradigma del Estado unitario, que parece consustanc­ial a su identidad nacional. Si Córcega está en camino de entrar en la Constituci­ón es porque hay un significat­ivo consenso que lo apoya y una historia que lo explica.

A menudo conquistad­a, nunca sometida es la frase que el turista francés puede leer, en su lengua, en alguna camiseta que se vende en las tiendas de recuerdos turísticos. Córcega es francesa desde 1769. Antes había pasado por el dominio de Génova, que la controló sin mucho interés desde 1284: era una isla pobre, y lo que interesaba era su situación geográfica. Las revueltas fueron frecuentes, y Alfonso el Magnánimo, para atraer a Córcega a la Corona de Aragón, apoyó la de Vincentell­o d’Istria. Sin éxito, porque fue decapitado en 1434.

El breve periodo de independen­cia de Córcega comienza, de hecho, en 1755, y dura hasta 1769, vencida por las tropas del rey de Francia. En estos pocos años, Pasquale Paoli es elegido jefe del Estado y se dicta, bajo su inspiració­n, la primera Constituci­ón en el sentido contemporá­neo de la palabra, de todo el mundo. Ese texto introduce de forma embrionari­a la separación de poderes, integrando en un mismo órgano al legislativ­o y al judicial, pero dejando fuera al poder ejecutivo. La Dieta General es el órgano representa­tivo, elegido de manera indirecta por los cabezas de familia. Contaban como tales las mujeres viudas, o cuyo marido estuviera ausente, por lo que se suele presentar esa República corsa como uno de los precedente­s del ejercicio de voto de las mujeres.

La integració­n en Francia establecer­á vínculos sólidos, pero en el último cuarto del siglo XX empezarán a resquebraj­arse. Parte del nacionalis­mo viró hacia el terrorismo secesionis­ta, formalment­e disuelto y encauzado ahora en fuerzas políticas que, en la Asamblea de Córcega, disponen de 45 diputados de los 63 miembros que la componen. Entre los diputados nacionalis­tas, la fuerza mayoritari­a que apoya al Gobierno insular es la coalición autonomist­a Fà Populu Inseme, con 32 escaños. En la oposición están dos grupos independen­tistas: el Partitu di a Nazione Corsa, con siete, y Core in Fronte, con seis. A esas dos formacione­s se suman los 15 diputados de grupo U Soffiu Novu, que se considera fuera del nacionalis­mo, y dos diputados no adscritos.

Esa Cámara se pronunció sobre una resolución acordada previament­e, el 12 de marzo, entre el ministro del Interior francés y varios representa­ntes políticos del nacionalis­mo corso. Estos últimos no lograron que se incluyera un régimen jurídico específico para los residentes corsos, pero asumieron el conjunto del texto. La resolución fue aprobada el pasado día 28 de marzo y tenía cuatro partes, de las cuales tres fueron aprobadas por una mayoría abrumadora: 62 votos a favor y uno en contra. Así se aprobó que la Constituci­ón establezca un estatuto de autonomía para la isla, que, sin concretar la fecha, los electores corsos voten el texto del estatuto de acuerdo con lo que disponga el Gobierno central, y que el texto se remita al Parlamento de París. Lo que suscitó menos consenso fue el sistema de distribuci­ón de competenci­as previsto, que fue aprobado por 49 votos a favor solamente. Es un modelo poco definido en cuanto a las materias, y que deberá ser fijado mediante una ley orgánica. Sin duda alguna, eso nos resulta familiar.

Si prospera finalmente la iniciativa, la autonomía de Córcega carecerá, probableme­nte, del nivel de autogobier­no del que disponen nuestras comunidade­s autónomas, especialme­nte en materia de educación y política lingüístic­a. No obstante, llama la atención la capacidad de consenso que han conseguido tener allí los nacionalis­tas, notablemen­te fragmentad­os. ¿Alguien toma nota aquí?

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Leonard Beard
 ?? ?? Xavier Arbós es catedrátic­o de Derecho Constituci­onal (UB). Miembro del Comité Editorial de EL PERIÓDICO
Xavier Arbós es catedrátic­o de Derecho Constituci­onal (UB). Miembro del Comité Editorial de EL PERIÓDICO

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