Pensiones que serán embargables
Todas las monedas tienen dos caras. La reforma del reglamento de planes y fondos de pensiones que el Gobierno quiere tener lista en seis meses, también. A la ventaja de que podrán ser rescatados a partir del 2025 –es decir, a partir de los 10 años de antigüedad– se suma la posibilidad de que puedan ser embargados por deudas pendientes con la Administración.
Los embargos, que solo pueden llevarse a cabo tras un mandato judicial, solo son posibles cuando se produce el hecho para el que se establecieron: la jubilación, o bien en supuestos de enfermedad grave o paro de larga duración, ya que la opción de la antigüedad de más de 10 años estaba prevista en un principio pero no llegó a desarrollarse reglamentariamente.
A su vez, el Ministerio de Economía vuelve a dar una vuelta de tuerca a las comisiones. En el 2014, estableció un tope máximo del 1,5% y ahora lo modula en función de los tipos de activos del fondo, pero la media será del 1,25%. Los planes de pensiones de renta fija pasarán a tener un límite del 0,85%; los de renta fija mixta, del 1,3%, y en el resto de casos la comisión máxima sigue siendo del 1,5%.
La medida que tiene prevista el ministerio afectará a los planes de pensiones que aglutinan al mayor número de partícipes. De esos 20 principales, más de la mitad tendrán que abaratar las comisiones.
Por su parte, la OCDE, el organismo que aglutina a los países más industrializados del mundo, critica esta reforma. El economista jefe de la Unidad de Pensiones Privadas de la OCDE, Pablo Antolín, considera que es parcial y no afronta los problemas verdaderos que tiene el sector.
deducción, del 30%. Otra posibilidad que le compromete más es afiliarse a un sindicato o a un partido político. Las cuotas y las aportaciones a partidos tienen una deducción del 20%, con una base máxima de 600 euros (120 euros). Las cuotas a sindicatos, por su parte, son gasto deducible de los rendimientos del trabajo.