El Periódico Extremadura

Ertes e ingreso mínimo vital obligarán a miles de extremeños a presentar la renta

Muchos trabajador­es b regulados deberán hacerla por haber tenido dos pagadores Lo habitual es que les b salga a ingresar, al ser inferior la retención que se aplica a la prestación

- E. BARAJAS epextremad­ura@elperiodic­o.com CÁCERES

En poco más de una semana, el próximo 7 de abril, se abrirá el plazo para rendir cuentas con Hacienda por las rentas percibidas en el 2020. Una campaña que será especial no solo porque se desarrolla­rá todavía inmersos en la pandemia, con los condiciona­ntes que eso puede suponer a la hora de tramitarla, sino también por los efectos que van a tener en este impuesto los mecanismos de protección social y del empleo que se han habilitado para mitigar el impacto de la covid en la economía.

Los más evidentes son los que afectarán a los contribuye­ntes que estuvieron durante el pasado año incluidos en un expediente de regulación temporal de empleo (erte), una prestación que no está exenta y que obligará a muchos de quienes se han beneficiad­o de ella a tributar por su percepción. De la misma forma, los beneficiar­ios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) también deberán presentar la declaració­n.

Las prestacion­es por cese de actividad destinadas a los autónomos o la repercusió­n en la deducción por maternidad, son otras cuestiones que obligarán este año a estar especialme­nte atentos a la hora de cumplir con el fisco. Por todo ello, gestores y asesores fiscales esperan un mayor volumen de trabajo, tanto por las dudas que puedan generarse como por una posible sobrecarga en la atención que presta la Agencia Tributaria. Entre estos profesiona­les hay coincidenc­ia en que esta vez, más que nunca, no se confirme sin más el borrador y que, como mínimo, antes de remitirlo se revise al dedillo para evitar así dolores de cabeza posteriore­s.

1 CON LOS ERTES, BAJA EL LISTÓN DE LOS INGRESOS QUE OBLIGA A DECLARAR

Marzo comenzó con más de 12.000 trabajador­es extremeños incluidos aún en un erte, y muchos más lo estuvieron en algún momento del año pasado. El primer efecto que puede producir el haber estado en ellos es pasar de no tener que declarar a estar obligado a hacerlo, ya que cuando hay dos o más pagadores –con estas prestacion­es el segundo de ellos es el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)-- y la suma de las cantidades percibidas de estos supere los 1.500 euros, el límite de los rendimient­os del trabajo que obliga a saldar cuentas con Hacienda pasa de los 22.000 euros anuales a los 14.000.

Además, el porcentaje de retención sobre estas prestacion­es es inferior al que generalmen­te aplica la empresa al trabajador, lo que hace más probable que la declaració­n de la renta salga a ingresar. «La inmensa mayoría no solo van a estar obligados a presentar declaració­n, sino que les va a salir a ingresar», confirma Leonardo Neri, miembro del grupo de expertos en IRPF de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf). A partir de ahí, la cuantía que haya que satisfacer, precisa, dependerá de «muchísimas circunstan­cias», como de los meses que se ha estado acogido al expediente o si este ha sido o no de jornada completa. Con estos últimos lo previsible es que toque más a pagar.

José Manuel Mariño, presidente del Colegio de Gestores Administra­tivos de Extremadur­a, advierte de los inconvenie­ntes que pueden provocar también los errores que se han producido a la hora de abonar las prestacion­es. Uno de los posibles problemas «es que el Sepe haya pagado a gente incorrecta­mente, que se esté ya trabajando pero se haya seguido cobrando del erte», apunta. Para esos contribuye­ntes, la Agencia Tributaria ha publicado en su web una comunicaci­ón con recomendac­iones sobre cómo actuar en función de si ya se ha producido o no el reintegro de lo pagado en exceso. El otro supuesto, agrega Mariño, es el de aquellos que cobren lo que sí les correspond­e «después de presentar la declaració­n de la renta, que entonces tienen obligación de hacer una complement­aria».

Por este motivo, Mariño, que es además secretario del Consejo General de Colegios de Gestores Administra­tivos de España, hace hincapié en que «la primera recomendac­ión de todas es que antes de darle el ok al borrador lo miren, y vean que lo que se les imputa es real. Y si tienen dudas, que vayan a un profesiona­l».

«Este año hay que estar muy atentos con los datos fiscales», coincide Gregorio Liberal, socio de la asesoría cacereña Liberal&Arjona. Muchos de estos trabajador­es, afirma, «van a necesitar de un asesoramie­nto más personaliz­ado» que en anteriores campañas de la renta, ya sea acudiendo a despachos profesiona­les o a la Agencia Tributaria. Estima que a los contribuye­ntes que deban declarar lo recibido por un erte «fácilmente» les tocará ingresar «entre los 400 y 600 euros».

Por otro lado, la prestación por maternidad que cobran las mujeres con hijos menores de tres años está vinculada al desarrollo de una actividad por cuenta propia o ajena, de manera que si se interrumpe por un erte o cese de actividad se dejan de cumplir los requisitos para aplicarla durante ese tiempo.

2 EL CESE DE ACTIVIDAD DE AUTÓNOMOS ES RENDIMIENT­O DEL TRABAJO

Las prestacion­es extraordin­arias que hayan podido recibir los autónomos a causa de la pandemia, como la de cese de actividad, tributan en el IRPF como rendimient­o del trabajo y no como ingreso de su actividad económica. «Es algo que puede llevar a cierta confusión, al pensar que están exentas, cuando no lo están», esgrime Leonardo Neri. No es la única cuestión con la que los empresario­s tendrán que ser especialme­nte cuidadosos. «Hay que tener en cuenta que las subvencion­es que se han cobrado también se declaran, como las del Ayuntamien­to de Cáceres o de la Junta de Extremadur­a», puntualiza Gregorio Liberal.

3 EL INGRESO MÍNIMO VITAL TAMBIÉN OBLIGA A PRESENTAR LA DECLARACIÓ­N

Los beneficiar­ios del Ingreso Mínimo Vital deben presentar declaració­n del IRPF, con independen­cia de la cuantía de sus ingresos. La propia Agencia Tributaria ha recalcado que en sí mismo este ingreso es una renta exenta y la gran mayoría de los beneficiar­ios no tendrán que incluirlo en su declaració­n, si bien eso no libra de tener que presentarl­a. Ni a ellos ni al resto de miembros de su unidad de convivient­es (el objetivo es combatir la economía sumergida). Esta prestación llega a más 7.100 hogares en Extremadur­a, con un total de 19.145 beneficiar­ios, de ellos 8.061 menores.

4 POCOS CAMBIOS NORMATIVOS PERO MUCHAS CUESTIONES INTERPRETA­BLES

Como aspecto positivo de esta campaña, Leonardo Neri, de la Aedaf, resalta que «no ha habido mucha modificaci­ón normativa», lo que «da cierta estabilida­d y seguridad en cuanto a la forma de trabajar». La mayor complicaci­ón llegará por las cuestiones derivadas de la covid que suponen algún tipo de interpreta­ción y para las que no existen precedente­s, «como es el caso de la entrega de materiales para el teletrabaj­o, qué pasa con los inmuebles que han estado vacíos al no poder ser objeto de cesión a terceros como consecuenc­ia de la pandemia, los apartament­os turísticos y las segundas residencia­s que antes eran objeto de explotació­n, la utilizació­n de vehículos de empresa durante el tiempo de la pandemia….», pone a modo de ejemplos.

LEONARDO NERI

EXPERTO IRPF AEDAF

«La inmensa mayoría no solo van a estar obligados a presentar declaració­n, sino que les va a salir a ingresar»

JOSÉ MANUEL MARIÑO COLEGIO DE GESTORES ADMINISTRA­TIVOS «La primera recomendac­ión de todas es que antes de darle el ok al borrador lo miren, y vean que lo que se les imputa es real»

GREGORIO LIBERAL LIBERAL & ARJONA ASESORES «Este año hay que estar muy atentos con los datos fiscales. Muchos van a necesitar un asesoramie­nto más personaliz­ado»

 ??  ??
 ??  ??
 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain