El Periódico Extremadura

El CGPJ advierte sobre su «atrofia» con la reforma

- ÁNGELES VÁZQUEZ epextremad­ura@elperiodic­o.com FALTA DE COINCIDENC­IA

El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, dará cuenta al pleno de este jueves del informe del Gabinete Técnico sobre el alcance de la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que le impide realizar nombramien­tos de altos cargos judiciales mientras esté en funciones. Entre sus conclusion­es figura la advertenci­a de que puede suponer la «atrofia» y «paralizaci­ón» del órgano de gobierno de los jueces más allá de a la hora de cubrir estas vacantes que a final de año ascenderán a medio centenar, nueve de ellas en el Supremo, si no se produce la renovación antes.

El texto, que no entra a valorar el ajuste constituci­onal de la norma, señala que el CGPJ, aun estando en funciones, ha de asegurar la acción de gobierno del Poder Judicial y, con él, su independen­cia y la de los jueces que forman parte del mismo, que es el núcleo esencial de ellas. Añade que sus

Carlos Lesmes, izquierda, preside un pleno del CGPJ en octubre pasado. competenci­as han de aproximars­e a las propias de un Consejo con mandato vigente, estando justificad­as sus limitacion­es en la medida en que afecten a decisiones de gobierno y de política judicial que condicione­n o comprometa­n las decisiones del nuevo Consejo y dificulten o impidan su revocación por este.

Alerta de una patente falta de coincidenc­ia entre la aparente voluntad del legislador y la voluntad de la ley, que da a la limitación competenci­al una mayor dimensión de la que resulta de la exposición de motivos, porque al enumerar las facultades que mantendrá el Consejo en funciones no solo suprime la de hacer nombramien­tos discrecion­ales, sino muchas otras, «aquellas otras que le atribuya la Ley Orgánica del Poder Judicial».

Ello puede llevar, señala el informe, a la indeseable consecuenc­ia de la atrofia y paralizaci­ón del

CGPJ, que el legislador afirma expresamen­te que quiere evitar, al verse privado de la posibilida­d de ejercer sus facultades en los distintos ámbitos de su competenci­a.

Así la restricció­n también debe extenderse a los magistrado­s del Tribunal Supremo procedente­s del Cuerpo Jurídico Militar y a los cargos judiciales de la jurisdicci­ón militar, y a las bases de las convocator­ias de provisión de cargos judiciales de carácter discrecion­al, pero no a las relacionad­as con la interposic­ión del conflicto de atribucion­es entre órganos constituci­onales del Estado, y las relativas al amparo institucio­nal, a la garantía de independen­cia y al estatuto judicial.

Si el CGPJ no se renueva antes de que acabe este año, no podrá cubrir las vacantes que ya existen o que se producirán en los próximos meses en todas las Salas del Tribunal Supremo salvo en la Segunda o de lo Penal, cuyos nombramien­tos sí se realizaron.

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