Los comercios avanzan en las demandas contra los seguros
Tras la `sentencia Bella Napoli' muchos negocios reclaman indemnizaciones La petición media es de 10.000 euros pero hay expedientes por 400.000
Restaurantes, comercios y hoteles están avanzando en la reclamación a sus respectivas aseguradoras de indemnizaciones a cuenta de las pérdidas generadas por el cierre de sus negocios impuesto por el confinamiento y las decisiones administrativas. Todos ellos siguen la estela de la pizzería Bella Napoli, en Gerona, que en febrero obtuvo la primera sentencia firme de un juez a favor de una indemnización de este tipo, por 6.000 euros. En la mayoría de los nuevos casos, las cantidades reclamadas no son muy elevadas. Son frecuentes las reclamaciones individuales entre 10.000 y 15.000 euros; a veces algo menos. Pero también hay reclamaciones mucho más altas, en el entorno de los 400.000 euros, y lo que es seguro es que la suma de todas ellas ya suman algunos millones de euros.
Mientras, las entidades aseguradoras argumentan que tales reclamaciones no van a llegar a ninguna parte, pues —añaden— el cierre por pandemia no está incluido como contingencia en ninguna de las pólizas. La patronal Unespa estima que alrededor del 18% de las pólizas incorporan indemnización por pérdidas derivadas del cierre del establecimiento (casi una de cada 5). Pero, desde su punto de vista, ninguna de ellas es aplicable si el cierre viene dado por una decisión administrativa o por pandemia.
Todo empezó el 3 de febrero de este año. Ese día la Audiencia Provincial de Gerona publicó una sentencia firme a favor de la pizzería Bella Napoli, cuyo dueño había reclamado a su aseguradora Una indemnización de 6.000 euros (a razón de 200 euros diarios por el máximo de 30 días establecido en su póliza). La póliza incluía cobertura por lucro cesante derivado de cierre de establecimiento. Lo cierto es que, después, en el condicionado general de la póliza, se decía que quedaban excluidos de cobertura los cierres del negocio por decisión administrativa. Sin embargo, el juez interpretó que esa «cláusula limitativa» ni formaba parte de las condiciones particulares, ni había sido sometida a la firma del empresario. Por todo ello, de acuerdo al artículo 3 de la ley general del seguro, el juez interpretó que esa cláusula limitativa
Carmine Melisse, propietario de la pizzeria Bella Napoli, en Girona.
no era válida (ni ninguna otra de un clausulado general sin firma), así que la cobertura de «pérdidas por cierre de negocio» debía regir en sentido amplio, sin ningún tipo de exclusión. comprensible», resuelve el corredor de seguros Carlos Lluch, que está asesorando a algunos negocios para lograr su indemnización. Uno de sus clientes, en Mallorca, reclama una indemnización de 450.000 euros por el cierre de un hotel.
En Alicante, el abogado Cayetano Sánchez Butrón, ultima la presentación de entre 30 y 40 demandas un importe que supera los 6 millones de euros. En la mayoría de los casos se demandan cantidades entre 10.000 y 15.000 euros, «pero tengo algún expediente de 300.000 y de 400.000 euros», apunta el abogado. Sobre la mesa tiene en estudio otros 500 expedientes de hoteles y comercios, sobre todo. Este despacho ha establecido una alianza con la patronal hotelera de Benidorm, Hosbec, para atender a los asociados con pólizas de seguros susceptibles de solicitar indemnización por cierre del establecimiento. También ha establecido alianzas similares con la Asociación de Hosteleros de Madrid, con la de Alicante y con la Unió Gremial de la Comunidad Valenciana y lo ultima con una asociación de Málaga.
Hlo que el alza del recibo de los hogares será inferior al alza del precio en el mercado. Este encarecimiento se debe en buena medida al auge del precio del CO2 que se ha disparado hasta situarse en el entorno de los 48 euros. El mercado mayorista de electricidad es marginalista, es decir, la última tecnología en casar oferta y demanda es la que fija el precio para el resto. Y ante la desaparición del carbón, los ciclos combinados han acelerado su presencia en el mix de generación. Los ciclos combinados queman gas natural, es decir, emiten CO2 y, por tanto, están sujetos a la normativa europea que regula las emisiones.
Desde el 2005 en Europa hay un sistema que limita las emisiones de 10.000 instalaciones de gran consumo de energía (centrales eléctricas e industria) y de las compañías aéreas. Todas estas empresas deben monitorizar, verificar y reportar sus emisiones. Cada una de ellas tiene asignada una cantidad limitada de derechos de CO2 gratis.
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