La Junta dará ayudas de hasta 600 euros para el pago del alquiler
Para familias que hayan sufrido la crisis pandémica
La pandemia no se ha ido y las consecuencias colaterales de la vida, tampoco». El Consejo de Gobierno de la Junta aprobó ayer una nueva convocatoria de ayudas al alquiler para las familias que han visto reducidos sus ingresos a causa de la crisis del covid-19. El objetivo es «minimizar el impacto económico y social» que la pandemia está causando en los arrendatarios que han visto reducidos sus ingresos por la pérdida de empleo o una reducción de jornada. Así, se financiará el cien por cien de la renta mensual, con un tope máximo de 600 euros al mes.
Según explicó la portavoz del Ejecutivo, Isabel Gil Rosiña, es una nueva convocatoria de la línea de ayudas que se puso en marcha el mayo del año pasado: el presupuesto aumenta en 200.000 euros, hasta 1,5 millones de euros, y los requisitos de acceso se mantienen. En la primera edición se ha llegado a 820 familias que han recibido una cuantía media de 1.600 euros. Si la situación de vulnerabilidad persiste, podrán seguir siendo beneficiarios en esta nueva convocatoria, y también optar a otras subvenciones incluidas en el Plan de Vivienda.
Las ayudas, de carácter directo, sirven para sufragar el pago completo del alquiler con una cantidad máxima de 600 euros mensuales durante seis meses (desde octubre de 2020 hasta junio de 2021, ambas incluidas). El primer requisito es que, como consecuencia de la crisis del covid-19, el inquilino haya pasado a estar en desempleo, sufrido un ERTE o, en el caso de que sea empresario, que haya tenido una pérdida de ingresos del 40% debido a la reducción de la jornada de trabajo por cuidados u otras circunstancias.
INGRESOS El segundo requisito es que la unidad familiar no debe ingresar más de 1.613 euros brutos al mes (3 veces el IPREM); 2.151 euros (4 veces el IPREM) si cuenta con un miembro con discapacidad igual o superior al 33%; o 2.689 euros (5 veces el IPREM), si hay una persona con discapacidad igual o superior al 65% o enfermedad grave. Estas cantidades se incrementarán por 0,1 por cada hijo o persona mayor de 65 años a su cargo y se añadirá 0,15 por cada hijo en unidad familiar monoparental.
Como tercer requisito, la renta del alquiler (incluyendo los gastos y suministros básicos) debe ser igual o superior al 35% de los ingresos. El beneficiario no debe ser titular de ninguna vivienda.